Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061246)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el centro de trato de terneros, promovido por Antonio Lozano Camacho, en el término municipal de Segura de León (Badajoz).
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 69
Miércoles 12 de abril de 2023

23494

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y del informe
técnico, habiéndose dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, el
Servicio de Prevención Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Antonio Lozano Camacho, para la legalización de un centro de trato de terneros en régimen intensivo con capacidad de 200 terneros
de cebo, en el término municipal de Segura de León (Badajoz), incluida en la categoría 1.3.b.
del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva de rumiantes,
incluyéndose entre ellas los centros de tipificación y granjas cinegéticas, que dispongan de
un número de emplazamientos superior a 100 emplazamientos para vacuno de engorde”, a
los efectos recogidos en la referida norma, debiéndose, en todo caso, en el ejercicio de la
actividad, dar cumplimiento al condicionado fijado a continuación y al recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización,
sin perjuicio del cumplimiento de las prescripciones establecidas en la legislación sectorial que
resulte de aplicación a la actividad en cada momento. El n.º de expediente de la instalación
es el AAU 20/064.
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. El tratamiento y gestión de los estiércoles sólidos que se generen en esta explotación se
llevará a cabo mediante gestor autorizado o bien mediante la aplicación de los mismos
como abono orgánico. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la
instalación deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación
Agrícola de los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento” de esta resolución, de forma que todas las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente mediante la recogida por el gestor autorizado o conforme al Plan de
Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro
de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo se estima en
912 m3/año de estiércol, que suponen unos 5.779 kg de nitrógeno /año. Todas las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, mediante la recogida por gestor
autorizado o conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de
esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. L
 a explotación deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de los
estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza, generados en las naves de cebo y corrales, que