Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Conciliación Familiar. Subvenciones. (2023061201)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la contratación como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para responder al impacto del COVID-19 correspondiente al año 2023.
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NÚMERO 68
Martes 11 de abril de 2023

23142

7. DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA SOLICITUD
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a.

Certificado de convivencia en el que se haga constar todas las personas que conviven en
el domicilio del solicitante.

b.

Documento acreditativo de nacimiento de hijas/os.

c.

Resolución judicial, administrativa o documento análogo constitutivo de la adopción o
acogimiento, en su caso.

d.

Sentencia o Convenio regulador ratificado por el juzgado de la nulidad, separación o
divorcio, en su caso.

e.

Certificado acreditativo del o la familiar con discapacidad, en su caso.

f.

Alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

g.

Declaración de IRPF o en caso de exención, Certificado de imputaciones referido al
último ejercicio, de las personas que forman parte de la unidad familiar.

h.

Informe de vida laboral de las personas que forman parte de la unidad familiar.

i.

En caso de familia monoparental, acreditación que el hijo/a o familiar depende
económicamente sólo de la persona solicitante.

j.

Contrato de trabajo suscrito.

k.

Alta a Terceros de la persona solicitante en el supuesto de no figurar de alta en el
Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura de acuerdo.
(Modelo descargable en
https://www.juntaex.es/documents/77055/512505/5145+Modelo+Alta+Terceros1+%281%29.pdf/ae1e39b8-1103-89d9-af31-eec6e7f10ad0?t=1678367638011)

l.
 En caso de ser solicitantes nacionales de Estados miembros de la Unión
Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo y de Suiza, Pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así
como el certificado de registro como residente comunitario. En caso de que la
solicitante fuere cónyuge de nacional de Estados miembros de la Unión
Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo y de Suiza, deberá aportar el documento acreditativo de dicha
circunstancia.
 El resto de solicitantes de nacionalidad extranjera distinta a la Unión Europea,
Autorización de trabajo o autorización de residencia y trabajo en vigor.
En defecto de los mismos, deberá aportarse el pasaporte o documento de identidad
válido en vigor y certificado original expedido por la Brigada de Extranjería de la Policía
Nacional acreditativa de la residencia legal en territorio español.

Si alguno de los documentos exigidos ya estuviese en poder de la administración, la solicitante no estará
obligada a aportarlo, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fue
presentado, no hayan transcurrido más de cuatro años desde la finalización del procedimiento de
concesión que corresponda y no hayan sido modificados. En este supuesto, la persona que ostente la
representación legal dejará constancia de tal extremo.
Fondo Social Europeo
Una manera de hacer Europa