Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Bienes De Interés Cultural. (2023061200)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Consejera, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor del "Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida" de la localidad de Mérida (Badajoz), con carácter de Patrimonio Cultural Inmaterial.
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NÚMERO 68
Martes 11 de abril de 2023

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inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconozcan como parte integrante de
su patrimonio cultural, y en particular, entre otros, en sus apartados b) artes del espectáculo;
h) las formas de socialización colectiva y organizaciones; e, i) las manifestaciones sonoras,
música y danza tradicional.
Además, el artículo 4.2 de esta norma prevé que “los bienes muebles y espacios vinculados al
desenvolvimiento de las manifestaciones culturales inmateriales podrán ser objeto de medidas de protección conforme a la legislación urbanística y de ordenación del territorio por parte
de las Administraciones competentes”.
Ha de significarse a tales efectos que el “Festival Internacional de Teatro Clásico de Mérida”
es emblema de la cultura en Extremadura, un evento que convierte a Mérida en el epicentro
teatral, seña de identidad de toda la región que recientemente irradia en el teatro romano de
las antiguas ciudades romanas de Regina, Cáparra y Medellín, así como otras sedes nacionales e internacionales.
En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de Bien de Interés
Cultural, que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
En consecuencia, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley, se solicitan
informes con fecha de 21 de febrero de 2022, a la Real Academia de las Letras y de las Artes de Extremadura y la Universidad de Extremadura, habiendo concluido ambos en sentido
favorable.
La competencia para dictar resolución corresponde a la Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Vista la propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultura, de 29
de marzo de 2023, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de patrimonio
cultural, histórico-arqueológico, monumental, artístico y científico de interés para la región,
recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así como de las facultades
conferidas en el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y demás preceptos de general aplicación, se formula
la siguiente,