Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Acción Social. (2023061198)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones para la financiación de programas de interés general en la Comunidad Autónoma de Extremadura con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
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NÚMERO 68
23056
Martes 11 de abril de 2023
Y finaliza por:
N.º Expte
IRPF/111/2022
Nombre
entidad
Federación
Extremeña
de Asociaciones de
Mujeres
Rurales
Siglas
FEXAMUR
NIF
G06423701
Programa
Coste
total
Cuantía
solicitada
Programas que
ofrezcan oportunidades de empleo y
autoempleo a mujeres que vivan en el
mundo rural
140.000 €
126.000 €
Programas de promoción de la actividad empresarial de
las mujeres
100.000 €
90.000 €
Programas que
fomenten la integración personal, social
y laboral de mujeres
víctimas de delitos
relacionados con
todas las formas de
violencia contra la
mujer
120.000 €
108.000 €
Programas que
fomenten la integración personal, social
y laboral de mujeres
en situación de
exclusión social y/o
especial vulnerabilidad
120.000 €
108.000 €
Causas de
exclusión
Desistido de su
petición (no acompaña documentación
preceptiva) (Art.
68.1 Ley 39/2015,
de 01 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones
Públicas)
Segundo. Objeto o actividad subvencionada.
Las subvenciones a que se refiere la presente resolución tienen como finalidad la financiación,
total o parcial, de los programas de interés general que desarrollen las entidades beneficiarias
relacionadas en el anexo I de esta resolución, que deberán ejecutarse en sus propios términos
y en las condiciones que se especifican en la presente resolución.
Los programas de interés general subvencionados deberán realizarse en el periodo de ejecución previstos en los mismos, que deberá estar comprendido, en su caso, entre el 1 de enero
de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, conforme exige el apartado segundo punto 2 de la
Resolución de 14 de octubre de 2022.
23056
Martes 11 de abril de 2023
Y finaliza por:
N.º Expte
IRPF/111/2022
Nombre
entidad
Federación
Extremeña
de Asociaciones de
Mujeres
Rurales
Siglas
FEXAMUR
NIF
G06423701
Programa
Coste
total
Cuantía
solicitada
Programas que
ofrezcan oportunidades de empleo y
autoempleo a mujeres que vivan en el
mundo rural
140.000 €
126.000 €
Programas de promoción de la actividad empresarial de
las mujeres
100.000 €
90.000 €
Programas que
fomenten la integración personal, social
y laboral de mujeres
víctimas de delitos
relacionados con
todas las formas de
violencia contra la
mujer
120.000 €
108.000 €
Programas que
fomenten la integración personal, social
y laboral de mujeres
en situación de
exclusión social y/o
especial vulnerabilidad
120.000 €
108.000 €
Causas de
exclusión
Desistido de su
petición (no acompaña documentación
preceptiva) (Art.
68.1 Ley 39/2015,
de 01 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones
Públicas)
Segundo. Objeto o actividad subvencionada.
Las subvenciones a que se refiere la presente resolución tienen como finalidad la financiación,
total o parcial, de los programas de interés general que desarrollen las entidades beneficiarias
relacionadas en el anexo I de esta resolución, que deberán ejecutarse en sus propios términos
y en las condiciones que se especifican en la presente resolución.
Los programas de interés general subvencionados deberán realizarse en el periodo de ejecución previstos en los mismos, que deberá estar comprendido, en su caso, entre el 1 de enero
de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, conforme exige el apartado segundo punto 2 de la
Resolución de 14 de octubre de 2022.