Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061175)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, de adecuación de contenido por modificación no sustancial de la Resolución de 15 de junio de 2021, por la que se otorgó la autorización ambiental integrada para el proyecto de modificación sustancial de la instalación de aceites vegetales, promovido por Consorcio Oleícola Extremeño, SL, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 68
23257
Martes 11 de abril de 2023
Disolventes
Capacidad máxima anual
de consumo (Tn)
Disolventes con indicadores de peligro H341, H351, H340, H350, H350i,
H360D y H360F
0
Otros disolventes orgánicos considerados como tales de acuerdo con
la definición del artículo 2 del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero:
hexano.
75,4*
* El titular deberá presentar un informe elaborado por organismo de control autorizado
en el que se acredite la capacidad máxima de consumo de disolventes (de acuerdo con
la definición del artículo 2 del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero) en t/año y en kg/
hora, según las definiciones del artículo 2.c y 2.h del Real Decreto 100/2011, de 28 enero,
y basado en la totalidad de sustancias químicas utilizadas en la industria.
16. L
as emisiones del foco 11 se corresponden con los COVs originados en la columna de
stripping, en la que el hexano contenido en los gases de la línea de extracción y destilación se recuperan mediante desorción en aceite mineral. Este sistema permite recuperar
el disolvente de extracción al tiempo que trata la corriente de gases de forma previa a su
emisión a la atmósfera.
17. L
as emisiones del foco 12 se corresponden con las partículas y los COVs originados en la
desolventización de las harinas extractadas. Antes de su emisión a la atmósfera, la emisión del desolventizador atraviesa un lavador de gases con cuerpo de 1,20 m de diámetro
y 5 m de altura.
18. L
os focos 13, 14, 15 y 16 se corresponden con emisiones difusas de COVs generadas en el
sistema de recuperación del hexano retenido en el filtro de aceite mineral, en los circuitos
de la línea de extracción, por potencial pérdida de estanqueidad de dichos circuitos, y en
los almacenamientos de orujillo y harinas extractadas.
A fin de evitar o en caso de no ser posible, reducir al mínimo posible las emisiones difusas
asociadas a la manipulación de sustancias volátiles, se estudiará por parte del titular la
aplicación de las MTD 5 (control de emisiones difusas de COV) y MTD 19 (técnicas para
evitar, y cuando ello no sea posible reducir las emisiones difusas de COV a la atmósfera)
de la Decisión 902/2016, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores
técnicas disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas
y gases residuales en el sector químico. La propuesta de la aplicación de las técnicas indicadas será aportada junto a la documentación referida en el apartado g.2. de la presente
resolución.
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Martes 11 de abril de 2023
Disolventes
Capacidad máxima anual
de consumo (Tn)
Disolventes con indicadores de peligro H341, H351, H340, H350, H350i,
H360D y H360F
0
Otros disolventes orgánicos considerados como tales de acuerdo con
la definición del artículo 2 del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero:
hexano.
75,4*
* El titular deberá presentar un informe elaborado por organismo de control autorizado
en el que se acredite la capacidad máxima de consumo de disolventes (de acuerdo con
la definición del artículo 2 del Real Decreto 117/2003, de 31 de enero) en t/año y en kg/
hora, según las definiciones del artículo 2.c y 2.h del Real Decreto 100/2011, de 28 enero,
y basado en la totalidad de sustancias químicas utilizadas en la industria.
16. L
as emisiones del foco 11 se corresponden con los COVs originados en la columna de
stripping, en la que el hexano contenido en los gases de la línea de extracción y destilación se recuperan mediante desorción en aceite mineral. Este sistema permite recuperar
el disolvente de extracción al tiempo que trata la corriente de gases de forma previa a su
emisión a la atmósfera.
17. L
as emisiones del foco 12 se corresponden con las partículas y los COVs originados en la
desolventización de las harinas extractadas. Antes de su emisión a la atmósfera, la emisión del desolventizador atraviesa un lavador de gases con cuerpo de 1,20 m de diámetro
y 5 m de altura.
18. L
os focos 13, 14, 15 y 16 se corresponden con emisiones difusas de COVs generadas en el
sistema de recuperación del hexano retenido en el filtro de aceite mineral, en los circuitos
de la línea de extracción, por potencial pérdida de estanqueidad de dichos circuitos, y en
los almacenamientos de orujillo y harinas extractadas.
A fin de evitar o en caso de no ser posible, reducir al mínimo posible las emisiones difusas
asociadas a la manipulación de sustancias volátiles, se estudiará por parte del titular la
aplicación de las MTD 5 (control de emisiones difusas de COV) y MTD 19 (técnicas para
evitar, y cuando ello no sea posible reducir las emisiones difusas de COV a la atmósfera)
de la Decisión 902/2016, por la que se establecen las conclusiones sobre las mejores
técnicas disponibles (MTD) para los sistemas comunes de tratamiento y gestión de aguas
y gases residuales en el sector químico. La propuesta de la aplicación de las técnicas indicadas será aportada junto a la documentación referida en el apartado g.2. de la presente
resolución.