Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061174)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina de cebo en régimen extensivo, cuya titular es Begoña Pérez Tabernero Angoso, en el término municipal de Casillas de Coria.
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NÚMERO 68

23218

Martes 11 de abril de 2023

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, habiéndose
dado debido cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.7 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley
3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección
General de Sostenibilidad,
RESUELVE:
Otorgar autorización ambiental unificada a favor de Begoña Pérez Tabernero Angoso para la
ampliación de una explotación porcina en régimen extensivo para una capacidad de 500 plazas de cebo, categoría 1.2. del anexo II, relativa a “Instalaciones ganaderas, no incluidas en
el anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes, que dispongan de más
de 350 emplazamientos o animales autorizados para cerdos de cría y/o 50 emplazamientos
o animales para cerdas reproductoras”, ubicada en el término municipal de Casillas de Coria
(Cáceres), a los efectos recogidos en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el
condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio de las prescripciones
de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad de referencia en cada momento. El n.º
de expediente de la actividad proyectada es el AAUN 21/111.
CONDICIONADO AMBIENTAL DE LA AUTORIZACIÓN AMBIENTAL UNIFICADA
- a - Tratamiento y gestión del estiércol.
1. E
 l tratamiento y gestión de los estiércoles que se generen en esta explotación se llevará a
cabo mediante la aplicación de los mismos como abono orgánico o bien la gestión por gestor autorizado. Para el control de la gestión de estos residuos agroganaderos, la instalación
deberá disponer de un Libro de Registro de Gestión y de un Plan de Aplicación Agrícola de
los estiércoles, conforme a lo establecido en el apartado – h – “Vigilancia y seguimiento”
de esta resolución, de forma que todas las deyecciones generadas sean gestionadas adecuadamente, conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de
esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo porcino se
estima en 1.150 m3/año de purines, que suponen unos 3.625 kg de nitrógeno /año; calculados en base a los factores recogidos en el anexo IV del Decreto 158/1999. Todas las
deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, dejando constancia de esta
gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.