Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061173)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina de cebo, cuyo titular es José Manuel Méndez Margallo, en el término municipal de Villanueva del Fresno.
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NÚMERO 68
Martes 11 de abril de 2023
23197
- El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
• Almacenamiento del purín.
- Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).
- Las fosas/balsas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
- Si la fosa/balsa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y
añadir paja a la superficie para reducir las emisiones.
- Se limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. E
l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y cercas autorizadas, siendo el régimen de explotación mixto. Las instalaciones de la explotación porcina se
ubican en las parcelas 8, 9, 10, 35 y 41 del polígono 16 y la parcela 45 del polígono 17 del
término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz). La finca cuenta con una superficie
de 191,8357 hectáreas.
2. Se realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental del hábitat, la ratio de
extensivo que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen
la densidad de 0,6 UGM/ha.
Atendiendo a la superficie total de la finca de 191,8357 has y considerando que se introducirá 1,25 cerdos de montanera/ha, resulta una carga ganadera en montanera por cercas
de 239 cerdos. El resto de cerdos, es decir, los otros 511, permanecerán en el interior de
las naves de secuestro que componen este registro, y saldrán como cebo campo.
3. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Q
uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
Martes 11 de abril de 2023
23197
- El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
• Almacenamiento del purín.
- Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).
- Las fosas/balsas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
- Si la fosa/balsa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y
añadir paja a la superficie para reducir las emisiones.
- Se limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. E
l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y cercas autorizadas, siendo el régimen de explotación mixto. Las instalaciones de la explotación porcina se
ubican en las parcelas 8, 9, 10, 35 y 41 del polígono 16 y la parcela 45 del polígono 17 del
término municipal de Villanueva del Fresno (Badajoz). La finca cuenta con una superficie
de 191,8357 hectáreas.
2. Se realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental del hábitat, la ratio de
extensivo que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen
la densidad de 0,6 UGM/ha.
Atendiendo a la superficie total de la finca de 191,8357 has y considerando que se introducirá 1,25 cerdos de montanera/ha, resulta una carga ganadera en montanera por cercas
de 239 cerdos. El resto de cerdos, es decir, los otros 511, permanecerán en el interior de
las naves de secuestro que componen este registro, y saldrán como cebo campo.
3. No se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Q
uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.