Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061172)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, cuya titular es Inocencia Pérez Galán, en el término municipal de Mirandilla.
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NÚMERO 68
Martes 11 de abril de 2023

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2. El complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de
los estiércoles sólidos, licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que
permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación
porcina justifica que dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles sólidos,
licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 515 m3, volumen que el complejo
porcino justifica mediante la instalación y existencia de una fosa de hormigón y una balsa
impermeabilizada.
3. El diseño y la construcción de las fosas deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso
o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias
por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• La fosa tendrá las siguientes características constructivas:


− Se ejecutará en hormigón armado.



− Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



− Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



− Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.



− Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.

La frecuencia de vaciado, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y siempre antes
de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberá
vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de la instalación,
arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de la misma.
4. E
 l diseño y la construcción de la balsa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas/balsa deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y