Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023061178)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2023.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

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d) Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad, que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, de que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores cumple con lo
dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica de Menor.
e) E
 n el caso de proyectos presentados por agrupaciones de entidades, acreditación de la
existencia de un acuerdo de colaboración para agrupaciones de entidades que deberá
recoger lo establecido en el artículo 4.2.e del Decreto 5/2019 de 5 de febrero y que
deberá realizarse conforme a modelo normalizado (anexo IV).
4. L
 as Administraciones Públicas de los países socios y las entidades privadas sin ánimo de
lucro de los mismos, así como sus agrupaciones de entidades sin ánimo de lucro sin personalidad jurídica, deberán:
a) Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad que se integrará
dentro del modelo normalizado de solicitud, en la que consten los extremos indicados en
el artículo 17.2 de la Ley 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Incluir declaración responsable de la representación legal de la entidad, que se integrará dentro del modelo normalizado de solicitud, de que todo el personal al que corresponde realizar tareas que impliquen contacto habitual con menores cumple con lo
dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica de Menor.
c) En el caso de proyectos presentados por agrupaciones de entidades, acreditación de la
existencia de un acuerdo de colaboración para agrupaciones de entidades que deberá
recoger lo establecido en el artículo 4.2.e del Decreto 5/2019 de 5 de febrero y que
deberá realizarse conforme a modelo normalizado. (anexo IV).
5. L
 os Organismos Internacionales sin ánimo de lucro, la Administración del Estado, las Universidades, que deberán ser públicas cuando su lugar de residencia sea la Unión Europea,
las Entidades dependientes o vinculadas de la Junta de Extremadura con personalidad jurídica propia y presupuesto diferenciado, así como las agrupaciones de entidades sin ánimo
de lucro sin personalidad jurídica, deberán:
a) Las entidades privadas que no tengan residencia fiscal en el territorio español deberán
presentar un certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su
país de residencia.