Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Ayudas. (2023061147)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2022/2023.
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Lunes 10 de abril de 2023

RESOLUCIÓN de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Innovación
e Inclusión Educativa, por la que se resuelve la concesión de ayudas para la
realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres
del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso escolar 2022/2023.
(2023061147)

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Dirección
General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
durante el curso escolar 2022/2023 (DOE n.º 114, de 15 de junio de 2022).
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas para la realización de proyectos a desarrollar por las asociacio­
nes de madres y padres del alumnado de centros educativos sostenidos con fondos públicos
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se especifican en los anexos I y II de esta
re­solución, por un importe total de 84.724 € (ochenta y cuatro mil setecientos veinticuatro
euros), con cargo al centro gestor 13005000, posición presupuestaria G/222G/48000, fondo:
CAG0000001 y programa financiación: 20060123, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
Segundo. Denegar ayudas a las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros
educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que
se especifican en el anexo III.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante la Consejera de Educación y Empleo, en
el plazo de un mes, contados desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, siendo competente para su resolución esta última, en relación con el artículo
101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio
de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 29 de marzo de 2023.
El Director General de Innovación e
Inclusión Educativa,
JUAN PABLO VENERO VALENZUELA