Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Montes. (2023061134)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Consejera, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, del monte con el n.º 72, "Las Quinientas", sito en el término municipal de Berlanga, y propiedad del municipio, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública del mismo y su inclusión en aquel catálogo.
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NÚMERO 67
22440
Lunes 10 de abril de 2023
10 de febrero de 1956. La superficie consorciada, a día de hoy, es de 245,43 ha de las
que sólo 160,81 ha constituyen el monte “Las Quinientas”.
Dentro del monte existe un muladar creado y gestionado por el ayuntamiento de Berlanga de
5.000 metros cuadrados.
Segundo. Disponer que se dé traslado de la presente resolución al Ministerio competente en
materia forestal, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21
de noviembre, de Montes.
Tercero. Disponer que se dé traslado de la presente resolución al Registro de la Propiedad del
distrito correspondiente y a la Gerencia Territorial del Catastro en Badajoz, con el fin de que
se practiquen las anotaciones que procedan.
Cuarto. Disponer que se notifique esta resolución al Ayuntamiento de Berlanga, a cuya instancia se inició el procedimiento que ha finalizado con la declaración de la utilidad pública del
monte “Las Quinientas”, del que es titular, para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo
40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Disponer que esta resolución se publique en el Diario Oficial de Extremadura, para
general conocimiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 103.d) de la Ley 1/2002, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ante la Sala de
lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de acuerdo
con los artículos 10, 14, 46.1 y relacionados de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante lo anterior, podrá interponerse con
carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación
de esta resolución, advirtiéndose que, en este último caso, no podrá interponerse recurso
contencioso hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 23 de marzo de 2023.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
22440
Lunes 10 de abril de 2023
10 de febrero de 1956. La superficie consorciada, a día de hoy, es de 245,43 ha de las
que sólo 160,81 ha constituyen el monte “Las Quinientas”.
Dentro del monte existe un muladar creado y gestionado por el ayuntamiento de Berlanga de
5.000 metros cuadrados.
Segundo. Disponer que se dé traslado de la presente resolución al Ministerio competente en
materia forestal, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 16.2 de la Ley 43/2003, de 21
de noviembre, de Montes.
Tercero. Disponer que se dé traslado de la presente resolución al Registro de la Propiedad del
distrito correspondiente y a la Gerencia Territorial del Catastro en Badajoz, con el fin de que
se practiquen las anotaciones que procedan.
Cuarto. Disponer que se notifique esta resolución al Ayuntamiento de Berlanga, a cuya instancia se inició el procedimiento que ha finalizado con la declaración de la utilidad pública del
monte “Las Quinientas”, del que es titular, para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo
40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto. Disponer que esta resolución se publique en el Diario Oficial de Extremadura, para
general conocimiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 103.d) de la Ley 1/2002, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ante la Sala de
lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de acuerdo
con los artículos 10, 14, 46.1 y relacionados de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante lo anterior, podrá interponerse con
carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural,
Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación
de esta resolución, advirtiéndose que, en este último caso, no podrá interponerse recurso
contencioso hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo
ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 23 de marzo de 2023.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL