Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061046)
Resolución de 22 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica a favor de la Fundación Computación y Tecnologías Avanzadas de Extremadura (COMPUTAEX) para la realización del Proyecto "5041_COMPUTAEX Desarrollo Proyectos de Investigación en Supercomputación - Proyecto MILIAC" en el ejercicio 2023.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023

22303

transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la
correspondiente normativa.
Para los supuestos en los que exista financiación con cargo a fondos comunitarios se deberán cumplir los requisitos establecidos en esta materia por el Reglamento (UE) 1303/2013
del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 y su anexo XII, sobre las
actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados Miembros en
relación con las intervenciones de los fondos estructurales, así como lo dispuesto en el Plan
de Comunicación de los Programas Operativos FEDER y FSE 2014-2020 para Extremadura.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiados con fondos estructurales deberán cumplir con los requisitos de identificación, información
y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001,
de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de
Extremadura.
Del mismo modo deberán cumplirse con las indicaciones que sobre publicidad se contienen en
las instrucciones de justificación del anexo II del presente convenio.
Duodécima. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/
UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6,
y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 3/2021, de 30
de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2022, (DOE. Núm 251, de 31 de diciembre de 2021), y por lo tanto todas las cuestiones
que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos,
deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el
seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 50.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la memoria justificativa que acompaña el presente convenio, recoge el carácter no contractual del mismo.
Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.