Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Violencia De Género. Subvenciones. (2023061154)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. Modalidad A: Proyectos de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.
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NÚMERO 67

22780

Lunes 10 de abril de 2023







Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes o tener cualquier deuda con la Hacienda de la Comunidad
Autónoma, en la forma que se determine reglamentariamente.
No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso
fiscal.
Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que
reglamentariamente se determinen.
No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones en virtud de norma con rango de ley.
Que no ha solicitado ni se le ha concedido ninguna otra ayuda para este mismo proyecto o conceptos
para los que se solicita esta subvención.
Que sí ha solicitado y/o se le han concedido ninguna otras ayudas para este mismo proyecto o
conceptos para los que se solicita esta subvención, cuyos datos se relacionan a continuación
ORGANISMO

IMPORTE (€)

7. DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR CON LA SOLICITUD
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a.
b.
c.
d.

Memoria descriptiva de la finalidad para la que se solicita la subvención, plazo
estimado de ejecución de la actividad y presupuesto detallado de los ingresos y
gastos previstos.
Copia de los Estatutos de la entidad y, en su caso, sus modificaciones posteriores
Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Alta de Terceros, si no está actualizada y disponible en el Sistema de Terceros de
la Junta de Extremadura, cuyo modelo está disponible en el siguiente enlace:
http://www.juntaex.es/ddgg008/modelo-para-altas-a-terceros-tramitacion-presencial.

No será necesario aportar este modelo si como consecuencia de pagos realizados con
anterioridad, ya estuvieran dados de alta los datos identificativos y bancarios por los
que de nuevo se optara para el cobro.
e. Documentación necesaria para proceder a la valoración de acuerdo a los criterios
que se exponen en la presente Convocatoria.
Si alguno de los documentos exigidos ya estuviese en poder de la administración, la solicitante no estará
obligada a aportarlo, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fue
presentado, no hayan transcurrido más de cuatro años desde la finalización del procedimiento de
concesión que corresponda y no hayan sido modificados. En este supuesto, la persona que ostente la
representación legal dejará constancia de tal extremo.
Documento

Entidad/Órgano/Dependencia

Fecha de su
Presentación