Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2023061090)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de programas de intervención en conductas adictivas desarrollados por organizaciones no gubernamentales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro para el ejercicio 2023.
29 páginas totales
Página
NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023



22409

• Programas exclusivos de prevención selectiva/indicada del consumo de alcohol en
menores en poblaciones de Extremadura de más de 20.000 habitantes: 10.000 €.



• Resto de programas: 10.000 €

c. El crédito máximo disponible será distribuido por orden decreciente en función de la
puntuación final obtenida por los solicitantes. Excepcionalmente, cuando varias entidades obtengan la misma puntuación y el crédito disponible no pueda cubrir la totalidad
de las ayudas se prorrateará a partes iguales entre todas ellas.
d. L
 a cuantía solicitada por la entidad interesada actuará como límite máximo de la subvención a conceder.
Séptimo. Gastos subvencionables.
1. Son gastos subvencionables los siguientes:
a) Gastos de personal para el desarrollo del programa.
b) Gastos derivados de desplazamientos y dietas del personal encargado del desarrollo del
programa.
c) Gastos derivados de la adquisición de material fungible necesario para el desarrollo de
las actividades del programa subvencionado.
d) Gastos de mantenimiento de inmueble, donde se desarrollan las actividades del programa: alquiler, suministros de agua, energía eléctrica y teléfono, gastos de limpieza,
comunidad o similares.
e) G
 astos derivados de la realización de campañas de información, sensibilización, promoción, prevención a través de los medios de comunicación social (campañas en prensa,
programas periódicos de radio y televisión, o similares).
f) Gastos de celebración de actividades, jornadas, seminarios, conferencias, o similares
relacionadas con las actividades financiadas del programa, así como gastos relacionados
con la elaboración, edición y publicación de material bibliográfico o audiovisual.
2. N
 o serán subvencionables los gastos destinados a la adquisición de material inventariable
tales como ordenadores, proyectores, cámaras fotográficas, mobiliario, electrodomésticos
y cualquier otro bien inventariable, los gastos realizados en empresas de restauración y
bares, gastos para la obtención de ticket de ocio, gastos de estancias y alojamiento así
como los regalos, gastos de inversión, gastos para el transporte de personas y gastos para