Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2023061063)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para programas de reinserción social de personas con problemas de conductas adictivas.
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NÚMERO 67

22394

Lunes 10 de abril de 2023

No obstante, la persona solicitante podrá oponerse a la realización de dicha consulta de oficio,
indicándolo así en el apartado que a continuación se ofrece al efecto, debiendo presentar entonces
la documentación acreditativa o la certificación administrativa correspondiente expedida en soporte
papel por el órgano competente.

NO AUTORIZO a que Dirección General de Salud Pública recabe de oficio la
documentación justificativa de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones
Seguridad Social

NO AUTORIZO a que Dirección General de Salud Pública recabe de oficio la
documentación justificativa de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones
con Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura

NO AUTORIZO a que Dirección General de Salud Pública recabe de oficio la
documentación justificativa de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones
tributarias con la Hacienda Estatal.
7. DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA A LA SOLICITUD:







Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y
con la Hacienda Autonómica, en el caso de no autorizar a que el órgano gestor recabe de
oficio tales datos.
Acreditación de la condición del representante legal del solicitante, en caso de oposición
a la consulta de oficio por el órgano gestor.
Tarjeta de identificación fiscal, en caso de oposición a la consulta de oficio por el órgano
gestor.
Documento de alta de terceros, en su caso.
Documentación aportada voluntariamente: __________________________

8. DOCUMENTACIÓN QUE NO SE APORTA JUNTO CON LA SOLICITUD, POR HABER SIDO YA
APORTADA ANTE LA ADMINISTRACIÓN
Si la documentación a adjuntar a esta solicitud ya obra en poder de esta Administración bastará
con indicar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados, así como el número
de expediente que le fue comunicado entonces, y será comprobado de oficio, de conformidad con
los previsto por los artículos 28.3 y 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Fecha de
presentación

Órgano o
dependencia

Documentación

Nº EXPEDIENTE