Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicio Extremeño De Salud. Subvenciones. (2023061163)
Extracto de la Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones para el año 2023, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, para programas de reinserción social de personas con problemas de conductas adictivas.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
NÚMERO 67

22399

Lunes 10 de abril de 2023

Tercero. Bases reguladoras.
La convocatoria se regula por las disposiciones contenidas en los capítulos I y V del Decreto
72/2016, de 31 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud (DOE número 107, de 6 de junio).
Estas subvenciones se hallan acogidas al régimen de mínimos, sujetándose a lo establecido
en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo
a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
a las ayudas de mínimos.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
Para la anualidad 2023 la convocatoria destina una cantidad global de 500.000 euros, conforme al siguiente detalle:
— 224.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D460 y al código de
proyecto de gasto 20210157.
— 117.334,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D470 y al código de
proyecto de gasto 20210157.
— 158.666,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 3901212D480 y al código de
proyecto de gasto 20210157.
Quinto. Plazo, forma de presentación, documentación y subsanación de solicitudes.
— El plazo de presentación de solicitudes será desde el mismo día de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución y del extracto a
que se refiere el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, y finalizará el 30 de septiembre de 2023, de
conformidad con lo establecido en artículo 7.1 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo.
— Las solicitudes y la documentación exigida se formularán conforme a lo establecido en
apartado cuarto de la resolución de convocatoria.
Mérida, 20 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
AURORA VENEGAS MARÍN