Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. (2023061176)
Resolución de 30 de marzo de 2023, del Rector, por la que se convoca concurso público para cubrir varias plazas de personal docente e investigador contratado en régimen laboral.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

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esta convocatoria. Será requisito para el disfrute de la bonificación que, en el plazo citado,
se encuentre sin ocupación laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social.
La situación de desempleo se acreditará mediante informe de la vida laboral expedido por
la Tesorería General de la Seguridad Social.
10. E
 l Rectorado de la UEx, por sí o a propuesta de la presidencia de la comisión, deberá dar
cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir quienes concurran, a los efectos procedentes.
Comisión de selección:
Décima.
Los concursos serán juzgados de acuerdo con los baremos que figuran como anexo IV o anexo
VI (según corresponda) en esta convocatoria.
Undécima.
1. L
 os concursos serán resueltos por la comisión de selección que figura en el anexo III de
esta convocatoria, designada conforme a lo previsto en los artículos 10 y 11 de la Normativa De Contratación del Profesorado en Régimen Laboral de la Universidad de Extremadura
(2022).
2. L
 as actuaciones de la comisión se acomodarán, en todo lo no previsto de forma explícita
en la normativa para la contratación de Profesorado, a las disposiciones contenidas para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
3. L
 a convocatoria para la constitución del órgano de selección se llevará a cabo desde el
Vicerrectorado de Profesorado, notificándose a las y los miembros titulares y suplentes
con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la fecha prevista para la sesión. La
asistencia a la constitución de la comisión de selección será de carácter obligatorio para
todas las personas convocadas.
La convocatoria precisará la fecha, hora y lugar donde se producirá, y se hará pública en
la web del vicerrectorado correspondiente. Si todos los vocales titulares de la comisión
estuvieran presentes en el acto de constitución, procederá la ausencia de los vocales suplentes. En otro caso, la comisión se constituirá con los vocales titulares presentes y los
correspondientes suplentes.
4. L
 a comisión podrá constituirse y resolver con la presencia, al menos del presidente y dos
vocales.