Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061007)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Institución Ferial de Badajoz, para materializar la colaboración de ambas entidades en la Feria de los Mayores de Extremadura 2023.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023
21652
Sexta. Extinción del convenio.
El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o
por incurrir en cualquiera de las siguientes causas de resolución:
— Mutuo acuerdo de las partes que deberá ser instrumentado por escrito.
— Denuncia del convenio. Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio.
— Incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el convenio, por cualquiera de las
partes firmantes.
— Vencimiento del plazo de vigencia del convenio.
— Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
Séptima. Consecuencias por incumplimiento de las obligaciones o compromisos
asumidos.
En el caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideran incumplidos. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de una
causa de resolución, y se entenderá resuelto el convenio. En este supuesto el incumplimiento
podrá dar lugar a una indemnización de los daños y perjuicios causados en los términos establecidos en la legislación vigente.
Octava. Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Novena. Difusión y publicidad.
En el material impreso, así como en la difusión que IFEBA haga del objeto del convenio, deberá hacer constar la colaboración de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para lo
que se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la Imagen Corporativa
de la Junta de Extremadura
Décima. Protección de datos.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
Miércoles 5 de abril de 2023
21652
Sexta. Extinción del convenio.
El convenio se extingue por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o
por incurrir en cualquiera de las siguientes causas de resolución:
— Mutuo acuerdo de las partes que deberá ser instrumentado por escrito.
— Denuncia del convenio. Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio.
— Incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el convenio, por cualquiera de las
partes firmantes.
— Vencimiento del plazo de vigencia del convenio.
— Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que
constituyen su objeto.
Séptima. Consecuencias por incumplimiento de las obligaciones o compromisos
asumidos.
En el caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que
se consideran incumplidos. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de una
causa de resolución, y se entenderá resuelto el convenio. En este supuesto el incumplimiento
podrá dar lugar a una indemnización de los daños y perjuicios causados en los términos establecidos en la legislación vigente.
Octava. Régimen de modificación del convenio.
La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
Novena. Difusión y publicidad.
En el material impreso, así como en la difusión que IFEBA haga del objeto del convenio, deberá hacer constar la colaboración de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, para lo
que se estará a lo dispuesto en el Decreto 7/2002, de 29 de enero, de la Imagen Corporativa
de la Junta de Extremadura
Décima. Protección de datos.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de