Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Profesional Dual. Subvenciones. (2023061109)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023 dirigida a entidades promotoras de proyectos del Programa de Escuelas Profesionales Duales de Empleo de Extremadura.
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NÚMERO 66
Miércoles 5 de abril de 2023

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ponda, y hasta que el problema se solucione, el órgano gestor de la ayuda mediante resolución publicada en la sede electrónica, podrá determinar una ampliación de los plazos no
vencidos, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. L
 a gestión y operativa de tramitación electrónica se ajustará en todo caso a lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679
(UE) de 27 de abril de 2016.
Undécimo. Subsanación de solicitudes.
Cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos o no se acompañen los documentos
exigidos, se requerirá a la entidad interesada para que en el plazo máximo de 10 días hábiles
subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos a través de la sede electrónica, con
la advertencia de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistida de su solicitud, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, previa resolución, que deberá
ser dictada en virtud de lo establecido en el artículo 21 del mismo texto legal.
Duodécimo. Comunicaciones entre la Administración y las solicitantes.
1. Las comunicaciones en todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de concesión de estas ayudas, seguimiento y en los posibles procedimientos de reintegro que se
puedan iniciar, así como en cualquier otro procedimiento a realizar para la gestión de las
ayudas, se realizarán a través de los medios electrónicos habilitados a tal efecto.
2. L
 a notificación de los actos administrativos para la tramitación del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se realizará mediante
publicación en la sede electrónica del órgano concedente, surtiendo ésta todos los efectos
de notificación practicada mediante comparecencia en sede electrónica de la Junta de
Extremadura de los interesados, entendiéndose practicadas desde el momento en que
se produzca el acceso a su contenido. Complementariamente a la notificación practicada
por el sistema establecido en el párrafo anterior y únicamente con efectos informativos,
la solicitante recibirá un aviso en la dirección de correo electrónico que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha producido una notificación
a cuyo contenido podrá acceder a través del apartado habilitado a tal efecto en la web
https://sede.gobex.es/SEDE/.
3. E
 xcepcionalmente, para asegurar la eficacia de las actuaciones administrativas podrá realizarse la notificación a través de medios no electrónicos.