Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2023040065)
Decreto 30/2023, de 29 de marzo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras "Mejora del abastecimiento a Mirandilla".
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NÚMERO 65

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Martes 4 de abril de 2023

dilla, y por extensión a Aljucén y El Carrascalejo que se abastecen por la misma conducción,
incluyendo las previsiones de crecimiento en las épocas de máxima demanda.
La solución que se propone va a unificar la calidad del agua para el conjunto de los núcleos urbanos, además de garantizar su potabilidad y el control de calidad en todo momento. Una vez
que se abastezca al depósito de forma continua con un caudal suficiente, se podrá distribuir el
agua de forma constante a todos los puntos de la red y facilitar las tareas de mantenimiento
en la instalación al personal técnico que gestiona el servicio de abastecimiento de agua de la
Mancomunidad de Cornalvo.
Para alcanzar los objetivos indicados en el apartado anterior, se ejecutarán 6.170 m de una
nueva conducción mediante tubería de diámetro 200 mm fundición dúctil, que partirá desde la
ETAP de la Mancomunidad de Cornalvo y llegará hasta los depósitos de Mirandilla. Se trata de
un tramo del ramal Aljucén-El Carrascalejo-Mirandilla. Se dispondrán válvulas de compuerta
en los cruces de arroyo y para el aislamiento de piezas especiales. Se instalarán elementos
de desagües, en los puntos bajos del perfil de la conducción, con el objetivo de permitir el
vaciado y la purga de las materias que hubieran podido sedimentar. Se instalarán ventosas en
los puntos altos de la conducción, donde principalmente se acumula el aire y así se permita
evacuar el aire durante el llenado de la conducción, extraer el aire durante el funcionamiento
normal de la conducción, e introducir aire durante el vaciado de la conducción (para evitar
su colapso y facilitar el vaciado). Se repondrán los pavimentos y servicios afectados con las
mismas características en que se encuentren.
Se está pues, ante un problema de riesgo evidente de desabastecimiento de agua potable a
la población de Mirandilla, y por extensión, de Aljucén y El Carrascalejo, por lo que la disposición de los terrenos en el menor plazo posible, a través del procedimiento de urgencia de
la ocupación, dentro de la legalidad vigente, posibilitaría un comienzo más temprano de la
obra, al poder disponer de los terrenos antes de llegar a un acuerdo sobre el justiprecio, y por
consiguiente, ello redundaría en los correspondientes beneficios sociales, medioambientales
y económicos inherentes a su pronta construcción.
En su virtud, a propuesta de la Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, previa
deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 29 de marzo de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. Se declara de urgencia la ocupación de los bienes afectados y la adquisición de
derechos necesarios para la ejecución de las obras de “Mejora del abastecimiento a Mirandilla”,
con los efectos y alcance previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16