Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas. (2023061125)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
64 páginas totales
Página
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 64
20658
Lunes 3 de abril de 2023
ANEXO V
PRESUPUESTO DE GASTOS
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR ESTE ANEXO
Pág. 1 "RESUMEN": en caso de coproducciones internacionales su utilizará la primera columna para
reflejar los importes correspondientes a la(s) productora(s) española(s). En las demás columnas se
reflejarán los importes de las aportaciones de los países extranjeros coproductores.
Esta página deberá ir fechada, sellada y firmada por la(s) productora(s).
CAPS. 02 y 03: Aunque las retenciones por IRPF y Seguridad Social se reflejan en las casillas indicadas,
estos importes se incluirán también en el declarado como REMUNERACIONES BRUTAS.
Las "DIETAS" se reflejarán solo en dicha casilla.
La columna "participación extranjera" recogerá, en el caso de coproducciones internacionales, los
importes que corresponden a los países coproductores.
CAPS. 04 al 12: En la primera columna se reflejarán los importes correspondientes a la(s) productora(s)
española(s). Las demás columnas se utilizarán en caso de coproducción internacional; se reflejarán los
importes de conceptos y partidas aportados por los coproductores extranjeros (una columna por cada
país).
CAP. 10: En los subcapítulos de Seguridad Social (Régimen General y Especial) solo se reflejarán las cuotas
empresariales, dado que las cuotas de los trabajadores se declaran en caps. 01, 02 y 03.
Todas las páginas se presentarán selladas.
20658
Lunes 3 de abril de 2023
ANEXO V
PRESUPUESTO DE GASTOS
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR ESTE ANEXO
Pág. 1 "RESUMEN": en caso de coproducciones internacionales su utilizará la primera columna para
reflejar los importes correspondientes a la(s) productora(s) española(s). En las demás columnas se
reflejarán los importes de las aportaciones de los países extranjeros coproductores.
Esta página deberá ir fechada, sellada y firmada por la(s) productora(s).
CAPS. 02 y 03: Aunque las retenciones por IRPF y Seguridad Social se reflejan en las casillas indicadas,
estos importes se incluirán también en el declarado como REMUNERACIONES BRUTAS.
Las "DIETAS" se reflejarán solo en dicha casilla.
La columna "participación extranjera" recogerá, en el caso de coproducciones internacionales, los
importes que corresponden a los países coproductores.
CAPS. 04 al 12: En la primera columna se reflejarán los importes correspondientes a la(s) productora(s)
española(s). Las demás columnas se utilizarán en caso de coproducción internacional; se reflejarán los
importes de conceptos y partidas aportados por los coproductores extranjeros (una columna por cada
país).
CAP. 10: En los subcapítulos de Seguridad Social (Régimen General y Especial) solo se reflejarán las cuotas
empresariales, dado que las cuotas de los trabajadores se declaran en caps. 01, 02 y 03.
Todas las páginas se presentarán selladas.