Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Promoción Cultural. Ayudas. (2023061125)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2023.
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NÚMERO 64
Lunes 3 de abril de 2023

20634

Dichos extremos se motivarán mediante declaración del anexo X de forma individualizada
por cada apartado.
3. Composición equilibrada entre hombres y mujeres (según lo declarado en el anexo I):
Se valorarán positivamente los proyectos que tengan una composición equilibrada entre
hombres y mujeres. Se entiende composición equilibrada aquella situación en que ambos sexos estén representados dentro del equipo de producción (director/a, guionista,
productor/a ejecutivo/a, director/a de fotografía, compositor/a de la música, montador/a
jefe, director/a artístico/a, jefe/a de sonido y actores/actrices principales).
• Más del 40 % hasta el 50 % y 50 % hasta menos del 60 %: 5 puntos.
• Más del 30 % hasta el 40 % y 60 % hasta menos del 70 %: 4 puntos.
• Más del 20 % hasta el 30 % y 70 % hasta menos del 80 %: 3 puntos.
• Más del 10 % hasta el 20 % y 80 % hasta menos del 90 %: 2 puntos.
• Más del 0 % hasta el 10 % y 90 % hasta menos del 100 %: 1 punto.
B. A
 quellas solicitudes que no obtengan un mínimo de 25 puntos entre los subapartados segundo y tercero de la letra A serán excluidas de la convocatoria.
Decimosegundo. Resolución.
1. A
 la vista del informe de la Comisión de Valoración, la Secretaria General de Cultura formulará la correspondiente propuesta de resolución al Secretario General de Cultura, Turismo
y Deportes, que dictará resolución expresa y motivada en el plazo de un mes desde la
elevación de aquella. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe de
la Comisión de Valoración.
2. L
 a resolución será notificada individualmente a los beneficiarios y publicada en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), y en ella se hará constar los beneficiarios y
la cuantía concedida, así como los proyectos desestimados y los motivos de desestimación.
3. C
 ontra dicha resolución, que no pondrá fin a la vía administrativa, las personas o entidades
interesadas podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, sin perjuicio de que puedan
ejercitar cualquier otro recurso que estimen conveniente.
4. L
 as subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma