Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060965)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y el Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
9 páginas totales
Página
NÚMERO 64

20459

Lunes 3 de abril de 2023

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y EL
CENTRO DE CIBERSEGURIDAD E INNOVACIÓN, SL, PARA EL DESARROLLO
DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL Y
LA FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO DE LAS ENSEÑANZAS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DEL SISTEMA EDUCATIVO EN EXTREMADURA.
Mérida, 13 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, la empresa Centro de Ciberseguridad e Innovación, SL, con CIF B09663626 y domicilio en Paseo de Feval, s/n., código postal 06400 Don Benito, Badajoz, con teléfono de
contacto ___ y correo electrónico ____ y Don Raúl Sánchez Alonso, como representante de
la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio, entre las entidades a las que representan, es el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo,
correspondientes a las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Q
 ue en el artículo 42, apartado 2, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
(modificada por la Ley Orgánica la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre), de 3 de
mayo, insta a las administraciones educativas a regular la fase práctica dual de formación
en los centros de trabajo, de los que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados.
3. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].