Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061119)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Planta de fabricación de baterías de iones de litio", en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Expte.: IA22/1526.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023
20325
de Abastecimiento de agua potable, saneamiento, vertido y depuración de aguas residuales del municipio de Navalmoral de la Mata, publicado con fecha 4 de diciembre
de 2014 en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres BOP Cáceres n.º 234 de 2014.
3. S
e encuentra aprobada definitivamente la modificación puntual n.º 3 del Proyecto de Interés Regional “Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura”. Se
encuentra también iniciado el trámite de constitución de la Entidad Urbanística de
Conservación del Proyecto de Interés Regional “Parque de Desarrollo Industrial Norte
de Extremadura.
4. L
a parcela I-67, sobre la que se pretende la implantación de la planta de fabricación
de baterías de iones de litio, es una de las parcelas resultantes de la ampliación y
reordenación interna de parcelas propuesta en la modificación puntual n.º 3 del PIR
“Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura”, parcela con una superficie
total resultante de 1.088.399,73 m2.
Puesto que la parcela es resultado de la modificación puntual n.º 3 del PIR, no tienen
adquirida la condición de solar conforme a lo establecido en el artículo 8 Solar de la
Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible
de Extremadura, por lo que resulta necesario la ejecución de las obras de urbanización correspondientes.
5. L
os usos urbanísticos admitidos por el planeamiento vigente quedan recogidos en el
informe de fecha 16 de diciembre de 2022.
6. L
as Condiciones de edificabilidad, aprovechamiento y forma quedan definidas en el
capítulo III de la Ordenanza de la Edificación del anexo I del Decreto 185/2008.
En la documentación aportada y la definición de la edificación proyectada reflejada
en la planimetría se pone de manifiesto el cumplimiento de los parámetros (edificabilidad, ocupación, etc.) de la modificación puntual n.º 3 del PIR “Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura”.
7. E
n lo relativo a vertidos, resultan de aplicación la Ordenanza de la Edificación incluida
en el anexo I del Decreto 185/2008 y el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de agua potable, saneamiento, vertido y depuración de aguas residuales
del municipio de Navalmoral de la Mata, publicado con fecha 4 de diciembre de 2014
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres BOP Cáceres n.º 234/2014, debiendo
considerarse para la justificación aquellos parámetros que resulten más restrictivos
de las normas de aplicación.
Viernes 31 de marzo de 2023
20325
de Abastecimiento de agua potable, saneamiento, vertido y depuración de aguas residuales del municipio de Navalmoral de la Mata, publicado con fecha 4 de diciembre
de 2014 en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres BOP Cáceres n.º 234 de 2014.
3. S
e encuentra aprobada definitivamente la modificación puntual n.º 3 del Proyecto de Interés Regional “Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura”. Se
encuentra también iniciado el trámite de constitución de la Entidad Urbanística de
Conservación del Proyecto de Interés Regional “Parque de Desarrollo Industrial Norte
de Extremadura.
4. L
a parcela I-67, sobre la que se pretende la implantación de la planta de fabricación
de baterías de iones de litio, es una de las parcelas resultantes de la ampliación y
reordenación interna de parcelas propuesta en la modificación puntual n.º 3 del PIR
“Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura”, parcela con una superficie
total resultante de 1.088.399,73 m2.
Puesto que la parcela es resultado de la modificación puntual n.º 3 del PIR, no tienen
adquirida la condición de solar conforme a lo establecido en el artículo 8 Solar de la
Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible
de Extremadura, por lo que resulta necesario la ejecución de las obras de urbanización correspondientes.
5. L
os usos urbanísticos admitidos por el planeamiento vigente quedan recogidos en el
informe de fecha 16 de diciembre de 2022.
6. L
as Condiciones de edificabilidad, aprovechamiento y forma quedan definidas en el
capítulo III de la Ordenanza de la Edificación del anexo I del Decreto 185/2008.
En la documentación aportada y la definición de la edificación proyectada reflejada
en la planimetría se pone de manifiesto el cumplimiento de los parámetros (edificabilidad, ocupación, etc.) de la modificación puntual n.º 3 del PIR “Parque de Desarrollo Industrial Norte de Extremadura”.
7. E
n lo relativo a vertidos, resultan de aplicación la Ordenanza de la Edificación incluida
en el anexo I del Decreto 185/2008 y el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de agua potable, saneamiento, vertido y depuración de aguas residuales
del municipio de Navalmoral de la Mata, publicado con fecha 4 de diciembre de 2014
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres BOP Cáceres n.º 234/2014, debiendo
considerarse para la justificación aquellos parámetros que resulten más restrictivos
de las normas de aplicación.