Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061119)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental relativa al proyecto de "Planta de fabricación de baterías de iones de litio", en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres). Expte.: IA22/1526.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023
20323
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 27 de enero de 2023, la DGS remite a la promotora el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de información pública y consultas
a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del
artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva versión del
proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 14 de marzo de 2023, la promotora remite una nueva versión del estudio de
impacto ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que la promotora ha tenido en cuenta los informes y alegaciones recibidas, incorporando en una nueva versión del EsIA las medidas propuestas en los
informes que figuran en el apartado B.
Para poder disponer de los elementos de juicio suficientes para realizar la evaluación de
impacto ambiental se solicitan nuevos informes de las siguientes Administraciones Públicas
afectadas:
• Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
• Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
• Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior.
El contenido de los informes recibidos tras esta nueva consulta es el siguiente:
• El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe con fecha 16 de marzo de 2023 en el que se incluyen las
siguientes conclusiones:
–S
egún la documentación actualizada disponible en el Estudio de Impacto Ambiental,
no se observa para la actividad prevista ninguna incongruencia con el PIR. Sin embargo, la actividad solo podrá ser totalmente compatible con la ordenación territorial
vigente, en concreto con el PIR Parque Industrial Norte de Extremadura, siempre que
en el proyecto técnico que se elabore se cumpla que:
Viernes 31 de marzo de 2023
20323
C) Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 27 de enero de 2023, la DGS remite a la promotora el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de información pública y consultas
a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del
artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso, en la nueva versión del
proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 14 de marzo de 2023, la promotora remite una nueva versión del estudio de
impacto ambiental en cumplimiento con el artículo 69 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
En el análisis se determina que la promotora ha tenido en cuenta los informes y alegaciones recibidas, incorporando en una nueva versión del EsIA las medidas propuestas en los
informes que figuran en el apartado B.
Para poder disponer de los elementos de juicio suficientes para realizar la evaluación de
impacto ambiental se solicitan nuevos informes de las siguientes Administraciones Públicas
afectadas:
• Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata.
• Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio.
• Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior.
El contenido de los informes recibidos tras esta nueva consulta es el siguiente:
• El Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe con fecha 16 de marzo de 2023 en el que se incluyen las
siguientes conclusiones:
–S
egún la documentación actualizada disponible en el Estudio de Impacto Ambiental,
no se observa para la actividad prevista ninguna incongruencia con el PIR. Sin embargo, la actividad solo podrá ser totalmente compatible con la ordenación territorial
vigente, en concreto con el PIR Parque Industrial Norte de Extremadura, siempre que
en el proyecto técnico que se elabore se cumpla que: