Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060961)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y el Consorcio "Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX", para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual y la formación en centros de trabajo de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo en Extremadura.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023

20149

Tercera. El Consorcio “Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX” se compromete a que
sus centros de trabajo cumplan la programación de las actividades formativas que han sido
acordadas con el centro educativo (Anexo III.a y III.b para la Formación Profesional Dual y
Anexo II para la formación en centros de trabajo) a realizar su seguimiento y la valoración
del progreso del alumnado y, junto con el coordinador o coordinadora y tutores del centro
educativo, a la revisión de la programación, si una vez iniciado el mismo y a la vista de los
resultados, fuera necesario.
Cuarta. El Consorcio “Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX”, a través de sus centros de
trabajo dependientes, nombrará un responsable (tutor o tutora del centro de trabajo) para la
coordinación de las actividades formativas a realizar en el centro de trabajo, que garantizará
la orientación y consulta del alumno o alumna, facilitará las relaciones con el Departamento
de la Familia Profesional implicado del centro educativo, aportará los informes que contribuyan a la evaluación y facilitará el acceso al centro de trabajo, dependiente del Consorcio
“Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX”, para llevar a cabo las actuaciones de valoración
y supervisión del proceso.
Quinta. El Consorcio “Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX”, a través de sus centros de
trabajo dependientes, informará a los representantes de los trabajadores de la relación nominal de estudiantes y del contenido del programa formativo (actividades, calendario, horarios
y localización) que desarrollarán los alumnos y alumnas sujetos a este Convenio.
Sexta. Cualquier eventualidad de accidente que pudiera producirse será contemplada teniendo en cuenta lo estipulado por el Seguro Escolar, de acuerdo con la Reglamentación establecida por el Decreto 2078/1971, de 13 de agosto.
No obstante, lo anterior, la Consejería de Educación y Empleo suscribirá un seguro adicional
para mejorar indemnizaciones, cubrir daños a terceros o responsabilidad civil.
Séptima. La Administración educativa notificará al Área Funcional de Trabajo e Inmigración
del Ministerio de Trabajo y Economía Social una copia del presente Convenio, y pondrá a su
disposición en caso de que lo solicite la relación de alumnos y alumnas que, en cada período,
estén llevando a cabo el programa formativo en los centros de trabajo dependientes del Consorcio “Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX”.
Octava. La Administración educativa podrá proporcionar al tutor o tutora y resto de personal
del centro de trabajo, dependiente del Consorcio “Agencia Extremeña de la Energía-AGENEX”
implicados en el proceso de formación y aprendizaje un curso de formación sobre metodología
docente y uso de plataformas docentes.