Fundación Jóvenes Y Deporte. Premios. (2023080574)
Anuncio de 24 de marzo de 2023 sobre las bases reguladoras de la convocatoria de los II Premios "DUEX-Investiga" de la Fundación Jóvenes y Deporte.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 63
Viernes 31 de marzo de 2023
20405
ii. Una persona en representación de la Universidad de Extremadura.
iii.
Una persona en representación de la entidad patrocinadora principal de estos
premios.
Si lo estima necesario, el jurado podrá disponer de la incorporación de personal técnico
especialista en el ámbito de la investigación, limitándose sus competencias a prestar colaboración o asesoramiento en sus respectivas especialidades.
El jurado no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la Presidencia o, en su defecto,
de la Vicepresidencia, ni de la Secretaría o de quienes, en su caso, los sustituyan. Igualmente, y teniendo en cuenta lo anterior, el jurado no podrá constituirse ni actuar sin la
presencia de, al menos, cuatro de sus integrantes.
La designación de los miembros del jurado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
por resolución de la Dirección Gerencia de la Fundación Jóvenes y Deporte con anterioridad
al inicio de sus actuaciones y les serán de aplicación las causas de abstención y recusación
previstas en la sección 4ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Serán funciones del jurado las siguientes:
a. Valorar las candidaturas recibidas conforme a los criterios de valoración establecidos en
la base sexta.
b. P
roponer a la Dirección Gerencia de la Fundación Jóvenes y Deporte la concesión de los
premios en sus diferentes modalidades y categorías.
3. E
l jurado fallará a favor del máximo de candidaturas que se relacionan a continuación y en
base a la baremación obtenida según la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la base sexta. En caso de empate entre dos o más candidaturas, este se resolverá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los diferentes criterios según el orden correlativo estipulado en la citada base sexta. Si una vez aplicado este criterio de desempate
todavía persistiera el empate y derivado de esta situación supusiera que alguna o algunas
de ellas recibieran premios de diferentes categorías y/o, incluso, que no recibieran premio,
el jurado excepcionalmente propondrá otorgar a todas las candidaturas involucradas en
el empate el premio de mayor categoría que correspondiera a alguna de las candidaturas
empatadas, es decir, propondrá conceder un mayor número de premios de una categoría
concreta en defecto de su categoría inmediatamente inferior, y/o bien propondrá otorgar
un mayor número de candidaturas premiadas de la categoría de menor rango en la modalidad de premios en cuestión, siempre y cuando se cuente con la autorización previa de la
Viernes 31 de marzo de 2023
20405
ii. Una persona en representación de la Universidad de Extremadura.
iii.
Una persona en representación de la entidad patrocinadora principal de estos
premios.
Si lo estima necesario, el jurado podrá disponer de la incorporación de personal técnico
especialista en el ámbito de la investigación, limitándose sus competencias a prestar colaboración o asesoramiento en sus respectivas especialidades.
El jurado no podrá constituirse ni actuar sin la presencia de la Presidencia o, en su defecto,
de la Vicepresidencia, ni de la Secretaría o de quienes, en su caso, los sustituyan. Igualmente, y teniendo en cuenta lo anterior, el jurado no podrá constituirse ni actuar sin la
presencia de, al menos, cuatro de sus integrantes.
La designación de los miembros del jurado se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
por resolución de la Dirección Gerencia de la Fundación Jóvenes y Deporte con anterioridad
al inicio de sus actuaciones y les serán de aplicación las causas de abstención y recusación
previstas en la sección 4ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Serán funciones del jurado las siguientes:
a. Valorar las candidaturas recibidas conforme a los criterios de valoración establecidos en
la base sexta.
b. P
roponer a la Dirección Gerencia de la Fundación Jóvenes y Deporte la concesión de los
premios en sus diferentes modalidades y categorías.
3. E
l jurado fallará a favor del máximo de candidaturas que se relacionan a continuación y en
base a la baremación obtenida según la aplicación de los criterios de valoración establecidos en la base sexta. En caso de empate entre dos o más candidaturas, este se resolverá
atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los diferentes criterios según el orden correlativo estipulado en la citada base sexta. Si una vez aplicado este criterio de desempate
todavía persistiera el empate y derivado de esta situación supusiera que alguna o algunas
de ellas recibieran premios de diferentes categorías y/o, incluso, que no recibieran premio,
el jurado excepcionalmente propondrá otorgar a todas las candidaturas involucradas en
el empate el premio de mayor categoría que correspondiera a alguna de las candidaturas
empatadas, es decir, propondrá conceder un mayor número de premios de una categoría
concreta en defecto de su categoría inmediatamente inferior, y/o bien propondrá otorgar
un mayor número de candidaturas premiadas de la categoría de menor rango en la modalidad de premios en cuestión, siempre y cuando se cuente con la autorización previa de la