Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Eléctrica. (2023061036)
Resolución de 21 de marzo de 2023, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto, de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto y anexo para la reforma de un tramo de LAMT 4861-05-"Río Tajo" de la STR "Plasencia Ind.", de 13,2 kV, entre los apoyos 1034 y 1026 de la misma, en Malpartida de Plasencia (Cáceres)". Exptes.: AT-9259 y AT-9259-1.
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NÚMERO 62
Jueves 30 de marzo de 2023

19841

— Emplazamiento: C/ Pozuelo, c/ San Blas y c/ Gran Capitán.
Longitud total de líneas: 1,234 km.
Tipo de líneas: Aérea y subterráneas, en simple circuito.
Tensión de servicio: 13,2 / 20 kV.
Tipo de conductor:
— Tramo aéreo: 100-AL1/17-ST1A, de aluminio-acero, sección total 116,7 mm2.
— Tramos subterráneos: HEPR Z1-AL 12/20 KV de sección 3x(1x240) mm2.
Otras actuaciones:
— Cambio de celdas existentes (2L+1P) en el CT “G. Capitán M. Plasencia”. N.º 303305091
por un nuevo conjunto de celdas telemandadas 3L+1P.
— Desmontaje del tramo de la LAMT “Río Tajo” entre los apoyos 1034 y 1026, en una longitud de 0,777 km y sus apoyos intermedios.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en
la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de
desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de
adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo
52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta
de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma,
podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.