Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061033)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de fábrica de carbón vegetal, promovido por Agroforestales Tentudía, SC, en el término municipal de Calera de León.
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NÚMERO 61

19387

Miércoles 29 de marzo de 2023

autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por el Decreto 81/2011, de 20 de mayo, señalando que, en cualquier fase del proyecto,
se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación y el recogido en la documentación
técnica entregada, excepto en lo que ésta contradiga a la presente autorización, sin perjuicio
de las prescripciones de cuanta normativa sea de aplicación a la actividad en cada momento,
y las siguientes condiciones:
El n.º de expediente del complejo industrial es el AAUN22/087.
a) Medidas relativas a la prevención, minimización, almacenamiento, gestión y control de
los residuos generados en la actividad
1. L
 os residuos no peligrosos que se generarán por la actividad de la instalación industrial son
los siguientes:
CANTIDAD

RESIDUO

ORIGEN

CÓDIGO LER

Residuos de envases

Envases

15 01

Lodos de fosas sépticas

Aguas residuales sanitarias

20 03 04

10,66 m3/año

Papel y cartón

Oficinas y desembalaje

20 01 01

-

Lodos de aguas
industriales

Lodos de la balsa de agua de enfriado

19 08 14

-

(1)

(1)

ESTIMADA AÑO
500 kg

(2)

L
 ER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión 2014/955/UE de 18 de diciembre de
2014.

(2)

S
 e incluyen los distintos códigos LER de envases, a excepción de los correspondientes a residuos peligrosos.
Principalmente, envases textiles.

2. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado anteriormente deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS), con objeto de evaluarse la gestión
más adecuada que deberá llevar a cabo el titular de la instalación industrial.
3. E
 n todo caso, el titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de
residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de
aplicación en cada momento, Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular.
4. L
 os residuos producidos deberán almacenarse en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. La duración del almacenamiento de residuos no peligrosos será inferior a dos años
cuando se destinen a valorización y a un año cuando se destinen a eliminación.