Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061050)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina en régimen intensivo, cuyo titular es Pedro Caldera Gómez, en el término municipal de Mirandilla.
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NÚMERO 61
Miércoles 29 de marzo de 2023

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2. E
 l complejo porcino deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de
los estiércoles sólidos, licuados y las aguas de limpieza, generados en las naves de secuestro, que evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con tamaño adecuado para la retención de la producción de al menos 3 meses, que
permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos efectos, la explotación
porcina justifica que dispondrá de una capacidad total de retención de estiércoles sólidos,
licuados, aguas de limpieza y lixiviados del estercolero de 545 m3, volumen que el complejo
porcino justifica mediante la instalación y existencia de fosas de hormigón.
3. E
 l diseño y la construcción de las fosas deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
• La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún curso
o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten molestias
por malos olores a las poblaciones más cercanas.
• La fosa tendrá las siguientes características constructivas:


– Se ejecutará en hormigón armado.



– Impermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



– Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



– Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.



– Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.

La frecuencia de vaciado, ha de estar en torno a los 4-5 vaciados anuales y siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad. No obstante, cada 3 meses como máximo deberá
vaciarse, momento que se aprovechará para la comprobación del estado de la instalación,
arreglando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable de la misma.
4. L
 a explotación porcina dispondrá de un estercolero ubicado en una zona protegida de los
vientos con una capacidad de 85 m3. Esta infraestructura consistirá en una superficie estanca e impermeable, con sistema de recogida de lixiviados conectado a fosa de purines.
Se deberá cubrir el estercolero mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta
flexible (plástico), impidiendo de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto. El
estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.