Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061048)
Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de balsa de evaporación de aguas oleosas procedentes de almazara, cuya promotora es la Sociedad Cooperativa Agraria de Segundo Grado "Aceitunera de Granadilla", en el término municipal de Guijo de Granadilla.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 61
Miércoles 29 de marzo de 2023

19405

2. L
 a generación de cualquier otro residuo no mencionado en el apartado b.1 deberá ser comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad (DGS).
3. A
 ntes del inicio de la actividad, el titular de la instalación industrial deberá indicar y acreditar a la DGS qué tipo de gestión y qué gestores autorizados o inscritos conforme a la Ley
7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular se
harán cargo de los residuos generados por la actividad con el fin último de su valorización
o eliminación.
4. E
 l titular de la instalación deberá cumplir con las obligaciones de gestión de residuos correspondientes a los productores de residuos establecidas en la normativa de aplicación en
cada momento, en particular, actualmente y respecto a la gestión de residuos en general,
en la Ley 7/2022, de 8 de abril.
5. L
 os residuos no peligrosos no podrán almacenarse por un tiempo superior a dos años, si su
destino final es la valorización, o a un año, si su destino final es la eliminación; de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2022, de 8 de abril.
6. A
 l menos, en septiembre de cada año, una vez evaporada la fracción acuosa del residuo
existente en las balsas de evaporación, se procederá a la retirada del fondo de estas balsas
de los lodos resultantes.
- c - Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. E
 l diseño y la construcción de las balsas deberá adaptarse a las siguientes prescripciones.
Conforme a esto, se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
a) Estará impermeabilizada con lámina de polietileno de alta densidad (PEAD).
b) Tendrá una profundidad máxima de 1,5 m.
c) Contará en todo momento con un resguardo de 0,5 m, para impedir desbordamientos.
d) Contará con cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las escorrentías
pluviales.
e) Contará con la siguiente estructura:


i. Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas a
arquetas de detección de fugas, ubicadas en los puntos más bajos del terreno. Estas
arquetas deberán permanecer cerradas y deberán ser estancas y sobresalir del terreno para evitar el acceso de aguas subterráneas o aguas pluviales.