Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060999)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de la red de distribución de agua de la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito, ubicado en los sectores XIV y XV de la citada Comunidad de Regantes", en los términos municipales de Tiétar y Rosalejo (Cáceres), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito. Expte.: IA22/1091.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023

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es compatible con el plan territorial por no existir en el artículo 39 prohibiciones expresas a dicha iniciativa y/o uso, al margen de recomendar la mejora de la infraestructura
de abastecimiento en dicho artículo. Por todo lo anterior, se emite “informe favorable”,
para el proyecto que nos ocupa, con respecto a la compatibilidad con el Plan Territorial
del Campo Arañuelo.
3. Con fecha 25 de octubre de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, de la Dirección General de Sostenibilidad, emite informe de Afección a la
Red Natura 2000 y sobre la Biodiversidad (CN22/6727), informando favorablemente
la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los
lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni se prevén afecciones significativas sobre
especies o hábitats protegidos, siempre que se cumplan las medidas que indican y que
se incorporan al cuerpo del presente informe.
4. El 6 de noviembre de 2022, el Agente del Medio Natural de la zona emite informe en el
que hace una serie de recomendaciones para mitigar los posibles efectos que considera
más relevantes sobre algunos factores, como son el ser humano, la fauna, el agua y la
generación de residuos.
5. C
 on fecha 24 de febrero de 2023, la Confederación Hidrográfica del Tajo emite informe
en el que hace referencia a las zonas protegidas, aguas superficiales y masas de aguas
subterráneas (identificadas en el apartado 3.2.1. Descripción del lugar) que podrían
verse afectadas por el proyecto, para las que hace una serie de indicaciones que serán
incorporadas en el presente informe. Así mismo, se incluyen valoraciones con respecto
al aprovechamiento de aguas, saneamiento y vertidos, así como otras cuestiones que
referiremos en las condiciones y medidas para prevenir y corregir los efectos del proyecto sobre el medio ambiente.
3. Análisis del expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I, según los
criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
— Sustitución de canaletas por tuberías.
Dentro de la red de distribución de agua, existen unos tramos en los que las canaletas