Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060999)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de la red de distribución de agua de la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito, ubicado en los sectores XIV y XV de la citada Comunidad de Regantes", en los términos municipales de Tiétar y Rosalejo (Cáceres), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito. Expte.: IA22/1091.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023
19218
— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades
de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de
aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros compuestos. Se
recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las
aguas.
— El parque de maquinaria deberá ubicarse fuera de las zonas con presencia de hábitats
y/o vegetación natural y lo suficientemente alejado de los cursos de agua existentes en
la zona de actuación.
— En relación al posible empleo de combustibles (por ejemplo, para grupos electrógenos,
etc.), desde la Confederación Hidrográfica del Tajo se indica que todos los depósitos
de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o aéreos,
deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a las
aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de
estanqueidad. Lo mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de otras sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Al finalizar los trabajos se retirará de cualquier material no biodegradable, contaminante
o perjudicial para la fauna, que será almacenado en condiciones adecuadas de higiene
y seguridad para entregarlo a un gestor autorizado.
4.3. Medidas en la fase de explotación.
— Se recomienda a nivel de parcela y/o explotación instalar temporizadores de riego para
garantizar la optimización y uso racional del agua, adaptándose a las necesidades del
cultivo. Se llevará a cabo un uso eficiente y racional del recurso hídrico concedido, en
función de las necesidades reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada
campaña de riego.
— En todo momento se actuará conforme a las directrices contenidas en la Directiva Marco
del Agua (Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre
de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la
Martes 28 de marzo de 2023
19218
— Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades
de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación de
aguas subterráneas y superficiales, como pueden ser aceites y otros compuestos. Se
recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las
aguas.
— El parque de maquinaria deberá ubicarse fuera de las zonas con presencia de hábitats
y/o vegetación natural y lo suficientemente alejado de los cursos de agua existentes en
la zona de actuación.
— En relación al posible empleo de combustibles (por ejemplo, para grupos electrógenos,
etc.), desde la Confederación Hidrográfica del Tajo se indica que todos los depósitos
de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o aéreos,
deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente su infiltración a las
aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de
estanqueidad. Lo mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de otras sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen durante la ejecución
del proyecto, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso lo establecido en el Real
Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los
residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el
que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos
de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Al finalizar los trabajos se retirará de cualquier material no biodegradable, contaminante
o perjudicial para la fauna, que será almacenado en condiciones adecuadas de higiene
y seguridad para entregarlo a un gestor autorizado.
4.3. Medidas en la fase de explotación.
— Se recomienda a nivel de parcela y/o explotación instalar temporizadores de riego para
garantizar la optimización y uso racional del agua, adaptándose a las necesidades del
cultivo. Se llevará a cabo un uso eficiente y racional del recurso hídrico concedido, en
función de las necesidades reales del cultivo y las condiciones meteorológicas en cada
campaña de riego.
— En todo momento se actuará conforme a las directrices contenidas en la Directiva Marco
del Agua (Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre
de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la