Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060999)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de la red de distribución de agua de la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito, ubicado en los sectores XIV y XV de la citada Comunidad de Regantes", en los términos municipales de Tiétar y Rosalejo (Cáceres), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de la margen izquierda del pantano de Rosarito. Expte.: IA22/1091.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023

19216

— No se emplearán herbicidas en las labores de limpieza y /o desbroce de la vegetación
por el alto riesgo de contaminación de las aguas públicas y el daño a las poblaciones
animales silvestre.
— En ningún caso se procederá a la quema de la vegetación ya que esta práctica, además
de la destrucción de un lugar de refugio y alimento de fauna, provoca procesos de erosión y pérdida de fertilidad del suelo. Se recuerda que realización de quema de restos y
el uso de determinada maquinaria puede suponer graves riesgos de incendio, por lo que
se deben adoptar los medios, medidas, precauciones generales y limitaciones oportunas; realizando las solicitud, declaración responsable o comunicación previa correspondiente en función de los trabajos y la época en base a lo establecido en el Plan INFOEX.
Para ampliar información puede consultarse la web
https://www.infoex.info/informacion-al-ciudadano/.
— Se ejecutarán las medidas necesarias para conseguir la integración paisajística de todas
las actuaciones
— Se llevará a cabo diariamente una revisión de las zonas de trabajo con objeto de rescatar pequeños vertebrados, y especialmente anfibios y reptiles que pudieran caer accidentalmente en alguna de las zanjas a realizar, así como en cualquier infraestructura
de riego asociada (desagües, sifones, arquetas). En el caso de detectarse cualquier
punto negro potencialmente peligroso para la fauna (arquetas, desagües, sifones, etc.),
se estudiarán y aplicarán medidas para impedir la caída en el interior de estas infraestructuras y/o medidas que permitan su salida del interior, como rampas rugosas con
pendiente inferior a 45º.
— No podrán verse afectados los elementos naturales (lagunas y encharcamientos naturales) ni los elementos estructurales del paisaje agrario de interés para la biodiversidad
(linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición al estado inicial en
el caso de afección y guardando la concordancia absoluta con la consecución del tramo
existente utilizando materiales de la zona y dimensiones y características similares.
— En cuanto al movimiento de tierras y el drenaje hay que tener en cuenta que un posible
impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de los materiales durante
las fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que se deben tomar medidas necesarias para evitarlo.
— Toda actuación que se realice en zona de dominio público hidráulico deberá contar con
la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo, así como aquellas