Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060994)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Transformación para producción forestal en el monte Piornal", en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA20/0554.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023

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de la nueva vegetación que genera cambios en la cubierta vegetal. En general, en las
zonas de implantación de castañar, las afecciones paisajísticas serán de una mayor
magnitud. En la fase de ejecución, los impactos generados por la eliminación del robledal arbóreo y la ejecución de trabajos de geometría lineal (subsolado lineal, plantación
por fajas) serán los de mayor magnitud, teniendo además una permanencia de varios
años hasta que se complete la cobertura de las plantaciones a ejecutar. En la fase de
explotación, los impactos más relevantes se producirán sobre las zonas de robledal, ya
que tal y como se ha indicado en el apartado C.2.4, se implantarán superficies de castañar con formas principales de masa regulares, sustituyendo al actual robledal, el cual
presenta según el inventario aportado en el EsIA una forma principal de masa irregular
y, por tanto, mucho más naturalizada, al contar con varios estratos de vegetación. A
esto se le une la elección de un marco de plantación real (cuadrado), lo que aumenta
igualmente el grado de antropización del paisaje. Estos impactos detectados tendrán un
carácter permanente en el tiempo.
Al no haber sido detectados estos impactos en el EsIA, en la presente declaración de
impacto ambiental se incorporan medidas para mitigar dichas afecciones, enfocadas a
mejorar la naturalización de las actuaciones proyectadas y su integración paisajística.


C.2.7. Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.

En la fase de ejecución, los impactos sobre la calidad atmosférica se producirán, por
un lado, por el aumento de partículas en suspensión y contaminantes atmosféricos derivado del tránsito de la maquinaria y el movimiento de tierras, y por otro lado, por el
incremento de los niveles sonoros derivados de la maquinaria. En la fase de explotación
se producirá una mejora en la calidad atmosférica, a escala localizada, debido al incremento de la masa forestal arbolada, que contribuirá a una mejora de la calidad del aire
por el aumento de oxígeno en la atmósfera y como sumidero de dióxido de carbono.
Con objeto de minimizar las afecciones descritas anteriormente, el promotor indica en
el EsIA que limitará la velocidad de la maquinaria a 20 km/h y se procederá al riego
suficiente de las distintas zonas de tránsito de vehículos. Asimismo, se asegurará la
puesta a punto de la maquinaria en relación a la emisión de gases y ruidos.


C.2.8. Patrimonio arqueológico y cultural.

En el informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural
(NFR/2021/358) se considera que, dado que la actuación proyectada supone una notable cantidad de movimientos de tierra, podría suponer una elevada afección a los
yacimientos arqueológicos de diversas cronologías y elementos de interés etnográfico
detectados y no detectados en la zona.