Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060932)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Diputación Provincial de Cáceres para la coordinación de competencias propias en materia de incendios de campo en la provincia de Cáceres.
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NÚMERO 60
Martes 28 de marzo de 2023

18964

Los medios enviados en apoyo no actuarán hasta que se haya realizado dicha comunicación,
salvo en conatos, fase de primer ataque o riesgo inminente, hasta la incorporación de los directores o competentes indicados.
En los incendios de campo que se extiendan por cultivos agrícolas y terreno forestal simultáneamente, la competencia corresponderá al personal del Plan INFOEX que se encuentre sobre
el terreno.
Asimismo, en aquellos incendios de campo que sean competencia del SEPEI-Cáceres cuando en su avance afecten a terrenos forestales, el Mando Responsable de la Intervención del
SEPEI-Cáceres pasará la competencia al Director de Extinción o personal en primer ataque
del Plan INFOEX.
En cualquier caso, la actuación en la extinción de bienes distintos a vegetación (vertederos,
escombreras, vehículos, infraestructuras, construcciones, viviendas...) será competencia del
SEPEI-Cáceres.
Hasta tanto se delimite la competencia, el medio de intervención sobre el terreno participará
en la extinción de conatos o fase de primer ataque hasta la incorporación de la dirección de
extinción o jefatura de intervención respectiva.
Los recursos del servicio que prestan el apoyo deberán ser, como norma general, los primeros
en desmovilizarse. Si hubiera circunstancias justificadas por las que esto no fuera posible,
deben ser puestas en conocimiento del Director de Extinción del Plan INFOEX y del Jefe de
Guardia del SEPEI.
10. Comunicaciones.
10.1. Control de recursos.
Para garantizar que las transmisiones sean eficaces se realizará al menos un control de
escucha vía radio entre ambas centrales en horario de mañana, sin perjuicio de que entre
ellas se comuniquen incidencias en vehículos, transmisiones u otra información de interés
en cualquier momento, previa autorización de sus mandos correspondientes.
En ambas centrales se deberá disponer de una emisora del otro servicio y comprobar que
se encuentran operativas y en el canal/grupo de trabajo adecuado.
10.2. Durante la movilización.
La comunicación de petición de apoyo se llevará a cabo telefónicamente o vía Radio de
Central a Central con el visto bueno de los responsables (Jefe de Guardia/Coordinador).