Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060932)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Diputación Provincial de Cáceres para la coordinación de competencias propias en materia de incendios de campo en la provincia de Cáceres.
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Martes 28 de marzo de 2023

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,
DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y LA DIPUTACIÓN
PROVINCIAL DE CÁCERES PARA LA COORDINACIÓN DE COMPETENCIAS
PROPIAS EN MATERIA DE INCENDIOS DE CAMPO EN LA PROVINCIA DE
CÁCERES.
Mérida, 9 de marzo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, Dª Begoña García Bernal, Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 19/2019, de 1
de julio, (DOE de 2 de julio de 2019), por el que se dispone su nombramiento.
De otra parte, el Sr. D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente de la Diputación Provincial de
Cáceres, en nombre y representación legal de la antedicha Diputación en virtud del artículo
34.1.b) de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de régimen local, con facultades para suscribir el presente Convenio.
Ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad suficiente para suscribir el presente Convenio.
MANIFIESTAN:
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, en virtud de las competencias que tiene atribuidas por Decreto del Presidente 41/2021,
de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación
con lo dispuesto en el Decreto 164/2019, de 29 de octubre, tiene competencias en materia de
medio ambiente, en particular, la prevención y extinción de los incendios forestales.
La Diputación Provincial de Cáceres, a través del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, tiene competencias en la extinción de incendios en el medio rural cuando afecten a cultivos agrícolas o infraestructuras , así como la extinción de incendios de vegetación en terrenos
urbanos de conformidad con el artículo 36.1.c) de la Ley 7/1985 reguladora de las bases de
régimen local, presta el servicio de prevención y extinción de incendios en los municipios de
menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres que no lo hacen directamente, y en
aquellos de más de 20.000 habitantes al amparo del correspondiente Convenio de colaboración suscrito a tal fin.
Ambas partes en su condición de Administraciones públicas se rigen en sus relaciones por
los principios de lealtad y de cooperación recogidos en el artículo 140 de la Ley 40/2015 de
Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con su gestión y prestación.