Presidencia De La Junta. Expropiaciones. (2023040057)
Decreto 22/2023, de 22 de marzo, por el que se declara urgente la ocupación por el Excmo. Ayuntamiento de Santibáñez El Alto (Cáceres), de los bienes y derechos necesarios en el procedimiento de expropiación forzosa tramitado para la ejecución de la obra denominada "Mejora y acondicionamiento de acceso a Santibáñez El Alto".
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NÚMERO 60

18895

Martes 28 de marzo de 2023

Consta en el expediente que en el plazo de información pública no se presentaron alegaciones
por las personas interesadas, resultando la relación definitiva de bienes, derechos y personas
propietarias afectadas la que figura como anexo a este decreto.
En fecha 7 de octubre de 2021 se acuerda solicitar al Consejo de Gobierno de la Junta de
Extremadura la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados en la
mencionada obra. Y el 22 de junio de 2022 se registra la solicitud del Consejo de Gobierno
de la Junta de Extremadura para la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados
por la expropiación, necesarios para la ejecución de la obra denominada “Mejora y acondicionamiento de acceso a Santibáñez El Alto”, habiéndose efectuado la oportuna retención de
crédito a que ascendería el justiprecio.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de
su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2641/1982, de 24
de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el
carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura, y previa deliberación del
Consejo de Gobierno, en su sesión del día 22 de marzo de 2023,
DISPONGO:
Artículo único. De conformidad con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se
declara urgente la ocupación de los bienes y derechos necesarios que se han descrito en el
procedimiento de expropiación forzosa tramitado por el Excmo. Ayuntamiento de Santibáñez
El Alto (Cáceres), para ejecutar la obra denominada “Mejora y acondicionamiento de acceso
a Santibáñez El Alto”.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación;
significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Mérida, 22 de marzo de 2023.
El Presidente de la Junta de
Extremadura
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA