Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061021)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Instalación de un centro veterinario e incinerador para mascotas y animales", en el término municipal de Zafra, cuyo promotor es D. Manuel Padilla Luengo. Expte.: IA21/1624.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023

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maquinaria se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y
tratamiento por gestor autorizado. En todo caso se cumplirá toda la normativa relativa
a residuos.
— Los caminos que se hayan visto afectados durante la ejecución de las obras serán restituidos a su estado original.
— No podrán verse afectados elementos estructurales del paisaje de interés para la biodiversidad, como linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, fuentes,
pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.
— Para minimizar la emisión de contaminantes y ruidos a la atmósfera la maquinaria debe
estar puesta a punto en cuanto a los procesos responsables de sus emisiones, cumpliendo lo dispuesto en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las
emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
— Adecuar las edificaciones e instalaciones auxiliares al entorno rural en el que se ubican.
Los acabados de las construcciones e instalaciones auxiliares deberán ser de tonos y
colores que se integren y no destaquen en el entorno. En cualquiera de los elementos
constructivos no deben utilizarse tonos llamativos o brillantes.
— El depósito de combustible usado en el horno incinerador se situará en el interior de un
cubeto de retención con tratamiento impermeabilizante, al objeto de recoger los posibles vertidos que se pudieran producir.
— Al finalizar los trabajos se llevará a cabo una limpieza general de todos aquellos restos
generados durante la fase de construcción y se realizará la restauración ambiental de
la zona aprovechando el substrato edáfico retirado antes del comienzo de las obras. Se
descompactará el suelo que se haya visto afectado, se extenderá la tierra vegetal acopiada y se revegetarán los taludes y zonas afectadas. Estos trabajos deberán concluirse
en un plazo no superior a un mes desde la finalización de las obras.
— Los residuos generados durante la fase de construcción - adaptación se deberán separar adecuadamente y serán gestionados conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, y por el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que
se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de
construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Se deberá evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. En caso de
iluminación exterior, se usará iluminación en puntos bajos, dirigido hacia el suelo (apan-