Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061019)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de la red de riego de la Comunidad de Regantes del Embalse de Borbollón y Rivera de Gata, ubicado en los sectores I, II y III A y B de la Comunidad de Regantes de Borbollón y Rivera de Gata", en los términos municipales de Moraleja, Gata, Huélaga y Vegaviana (Cáceres), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de Borbollón y Rivera de Gata. Expte.: IA22/0823.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023

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junio del 2011 de La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural (DOE de 20/07/2011).
No obstante, concluye indicando que cualquier actuación en terrenos de vías pecuarias,
deberá contar con la correspondiente autorización de esta Secretaria General, atendiendo
a lo dispuesto en artículo 226 de la Ley 6/2015, Agraria de Extremadura, de 24 de marzo
de 2015 (DOE 26/03/2015), y a lo dispuesto en el Decreto 65/2022, de 8 de junio del 2022
(DOE de 14/06/2022) que regula las ocupaciones temporales, las autorizaciones para el
acondicionamiento, mantenimiento y mejora, y el tránsito de ciclomotores y vehículos a
motor, de carácter no agrícola, en las vías pecuarias.
3. E
 l 19 de diciembre de 2022, el Ayuntamiento de Huélaga una vez examinada la documentación aportada y la diferente normativa de aplicación, emite “informe favorable”,
considerando que no existe impedimento urbanístico para realizar las obras pretendidas, y que además no se considera que dichas actuaciones conlleven posibles efectos
significativos negativos sobre el medio ambiente. Si bien, se recuerda que para la ejecución de las obras deberá solicitarse previamente la correspondiente Licencia de Obras.
4. C
 on fecha 22 de diciembre de 2022, el Servicio de Ordenación del Territorio de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio emite informe en el que se indica
que, el proyecto de mejora de red riego afecta a los términos municipales de Moraleja,
Vegaviana, Cilleros y Gata (Moheda), para los cuales si le aplicaría el Plan Territorial de
la Sierra de Gata, asimismo, le serían de aplicación los artículos con grado de aplicación
NAD 2, puesto que no tienen figura de planeamiento urbanístico adaptado al PTSG y
ha transcurrido el plazo de 4 años establecido. A tenor de lo establecido en el PTSG se
incluye esta iniciativa, según los usos establecidos en el artículo 35 (NAD1), como uso
Infraestructura. Según la ubicación de la actividad analizada afectaría a la Zona Agrícola de Regadío (artículo 40, NAD2). Para la actividad que nos ocupa, se estudian los
condicionantes establecidos en dicho artículo 44, donde el uso infraestructura es autorizable, los cuales a priori se cumplen debido a la naturaleza del proyecto estudiado. Al
margen, para la iniciativa que nos ocupa hay que considerar las condiciones comunes
establecidas en el artículo 38 referentes a la posible afectación a Zonas Red Natura y de
Hábitats de Interés Comunitario, además del sometimiento al trámite ambiental pertinente, como establece el artículo 48 y, por último, la consideración de las condiciones
de protección de yacimientos arqueológicos del artículo 54 en caso de afectar a uno de
ellos. Así, en los términos redactados en ese informe, se emite “informe favorable condicionado”, al cumplimiento de los condicionados establecidos en los diferentes artículos
mencionados en ese informe, en cuanto a la compatibilidad con el Plan Territorial de la
Sierra de Gata. El condicionado será incluido en el cuerpo del presente informe.
5. L
 a Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural emite informe favorable el 12 de enero de 2023, condicionando su ejecución al estricto cumplimiento de
las medidas que establece y que se incorporan a este informe.