Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060890)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas de estudiantes.
15 páginas totales
Página
NÚMERO 59
18692
Lunes 27 de marzo de 2023
Cuarto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura que
suscribe el convenio no se hace responsable de los accidentes o enfermedades que el estudiante pudiera padecer en el transcurso de las mismas, ni tampoco de los daños que pudiera
ocasionar, como alumno de prácticas, a personas o bienes; en ambos casos, dentro o fuera
de la entidad donde las realiza.
Quinto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura podrá
suspender las prácticas, bien por incumplimiento por parte de los alumnos en el presente
documento, o bien porque otras circunstancias lo hicieran necesario, comunicándolo a la Universidad de Castilla-La Mancha con antelación.
SE COMPROMETE
Primero. A mantener estricta confidencialidad sobre las cuestiones tratadas en la institución
de destino, así como a la utilización de los datos incluidos en programas informáticos y ficheros con un fin profesional sin realizar modificaciones, instalación de programas, copias ni
difusión.
Segundo. A respetar y cumplir lo establecido en este documento de compromiso de prácticas, en el convenio de cooperación educativa y en la normativa de prácticas académicas
externas de los estudiantes de la Universidad de Castilla-la Mancha.
HACE CONSTAR QUE
Primero. No guarda relación contractual con la Consejería en la que realizará sus prácticas.
Segundo. No tiene relación de parentesco hasta tercer grado con los directivos o el tutor
profesional.
LA INSTITUCIÓN HACE CONSTAR QUE:
Primero. Cumple con la normativa establecida por el Gobierno Autonómico y Nacional en
lo que se refiere al procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos
laborales, garantizando, en cualquier momento y en cualquier situación, la seguridad del estudiante.
Segundo. El alumno no está desarrollando ninguna labor profesional correspondiente a la
asignada a los trabajadores que se encuentran inmersos en un expediente de regulación de
empleo (ERTE).
En
EL/LA ESTUDIANTE
Fdo.:
a
TUTOR/A ACADÉMICO
Fdo.:
de
TUTOR/A DE PRÁCTICAS
Fdo.:
18692
Lunes 27 de marzo de 2023
Cuarto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura que
suscribe el convenio no se hace responsable de los accidentes o enfermedades que el estudiante pudiera padecer en el transcurso de las mismas, ni tampoco de los daños que pudiera
ocasionar, como alumno de prácticas, a personas o bienes; en ambos casos, dentro o fuera
de la entidad donde las realiza.
Quinto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura podrá
suspender las prácticas, bien por incumplimiento por parte de los alumnos en el presente
documento, o bien porque otras circunstancias lo hicieran necesario, comunicándolo a la Universidad de Castilla-La Mancha con antelación.
SE COMPROMETE
Primero. A mantener estricta confidencialidad sobre las cuestiones tratadas en la institución
de destino, así como a la utilización de los datos incluidos en programas informáticos y ficheros con un fin profesional sin realizar modificaciones, instalación de programas, copias ni
difusión.
Segundo. A respetar y cumplir lo establecido en este documento de compromiso de prácticas, en el convenio de cooperación educativa y en la normativa de prácticas académicas
externas de los estudiantes de la Universidad de Castilla-la Mancha.
HACE CONSTAR QUE
Primero. No guarda relación contractual con la Consejería en la que realizará sus prácticas.
Segundo. No tiene relación de parentesco hasta tercer grado con los directivos o el tutor
profesional.
LA INSTITUCIÓN HACE CONSTAR QUE:
Primero. Cumple con la normativa establecida por el Gobierno Autonómico y Nacional en
lo que se refiere al procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos
laborales, garantizando, en cualquier momento y en cualquier situación, la seguridad del estudiante.
Segundo. El alumno no está desarrollando ninguna labor profesional correspondiente a la
asignada a los trabajadores que se encuentran inmersos en un expediente de regulación de
empleo (ERTE).
En
EL/LA ESTUDIANTE
Fdo.:
a
TUTOR/A ACADÉMICO
Fdo.:
de
TUTOR/A DE PRÁCTICAS
Fdo.: