Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060890)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Universidad de Castilla-La Mancha y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas de estudiantes.
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NÚMERO 59

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Lunes 27 de marzo de 2023

Cuarto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura que
suscribe el convenio no se hace responsable de los accidentes o enfermedades que el estudiante pudiera padecer en el transcurso de las mismas, ni tampoco de los daños que pudiera
ocasionar, como alumno de prácticas, a personas o bienes; en ambos casos, dentro o fuera
de la entidad donde las realiza.
Quinto. Que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura podrá
suspender las prácticas, bien por incumplimiento por parte de los alumnos en el presente
documento, o bien porque otras circunstancias lo hicieran necesario, comunicándolo a la Universidad de Castilla-La Mancha con antelación.
SE COMPROMETE
Primero. A mantener estricta confidencialidad sobre las cuestiones tratadas en la institución
de destino, así como a la utilización de los datos incluidos en programas informáticos y ficheros con un fin profesional sin realizar modificaciones, instalación de programas, copias ni
difusión.
Segundo. A respetar y cumplir lo establecido en este documento de compromiso de prácticas, en el convenio de cooperación educativa y en la normativa de prácticas académicas
externas de los estudiantes de la Universidad de Castilla-la Mancha.
HACE CONSTAR QUE
Primero. No guarda relación contractual con la Consejería en la que realizará sus prácticas.
Segundo. No tiene relación de parentesco hasta tercer grado con los directivos o el tutor
profesional.
LA INSTITUCIÓN HACE CONSTAR QUE:
Primero. Cumple con la normativa establecida por el Gobierno Autonómico y Nacional en
lo que se refiere al procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos
laborales, garantizando, en cualquier momento y en cualquier situación, la seguridad del estudiante.
Segundo. El alumno no está desarrollando ninguna labor profesional correspondiente a la
asignada a los trabajadores que se encuentran inmersos en un expediente de regulación de
empleo (ERTE).
En
EL/LA ESTUDIANTE

Fdo.:

a
TUTOR/A ACADÉMICO

Fdo.:

de
TUTOR/A DE PRÁCTICAS

Fdo.: