Consejería De Educación Y Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023040047)
Decreto 16/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 59
Lunes 27 de marzo de 2023
18525
2. L
os sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos en
el artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del citado
Decreto 225/2014, de 14 de octubre.
3. L
a acreditación de su identidad se entenderá con el propio acto de la firma utilizando cualquiera de los sistemas de firmas mencionados en el apartado anterior.
4. L
a persona representante de la entidad solicitante deberá disponer de certificado digital o
DNI electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la
cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico
deben estar correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica. Si
no disponen de ellos, el certificado electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ y el DNI electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
Artículo 16. Solicitud y documentación.
1. S
e presentará una solicitud de ayuda por cada contratación realizada.
2. L
as solicitudes de las ayudas reguladas en el presente decreto se presentarán obligatoriamente mediante el formulario de solicitud, debidamente cumplimentado y que estará
disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda en el punto de acceso general electrónico de
los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
Asimismo, las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda
en el Servicio Extremeño Público de Empleo y en la página
www.extremaduratrabaja.juntaex.es.
3. L
a solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus
extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
a. Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa en la solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos
datos.
b. C
ertificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), o autorización
expresa en la solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.
Lunes 27 de marzo de 2023
18525
2. L
os sistemas de firmas admitidos a través de medios electrónicos son los establecidos en
el artículo 10.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre y en el artículo 35 del citado
Decreto 225/2014, de 14 de octubre.
3. L
a acreditación de su identidad se entenderá con el propio acto de la firma utilizando cualquiera de los sistemas de firmas mencionados en el apartado anterior.
4. L
a persona representante de la entidad solicitante deberá disponer de certificado digital o
DNI electrónico que permita garantizar su identidad y realizar la firma electrónica para la
cumplimentación y tramitación de la ayuda. El uso de certificado digital o DNI electrónico
deben estar correctamente configurados y validados para su uso en sede electrónica. Si
no disponen de ellos, el certificado electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ y el DNI electrónico pueden obtenerlo en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
Artículo 16. Solicitud y documentación.
1. S
e presentará una solicitud de ayuda por cada contratación realizada.
2. L
as solicitudes de las ayudas reguladas en el presente decreto se presentarán obligatoriamente mediante el formulario de solicitud, debidamente cumplimentado y que estará
disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/. Las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda en el punto de acceso general electrónico de
los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite desde
donde se habilitará el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.
Asimismo, las entidades interesadas podrán disponer de la información relativa a la ayuda
en el Servicio Extremeño Público de Empleo y en la página
www.extremaduratrabaja.juntaex.es.
3. L
a solicitud, debidamente firmada por la entidad solicitante y cumplimentada en todos sus
extremos, vendrá acompañada de la documentación que se relaciona a continuación:
a. Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado, en formato electrónico (pdf), o
autorización expresa en la solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos
datos.
b. C
ertificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente
de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico (pdf), o autorización
expresa en la solicitud al órgano instructor para que recabe de oficio esos datos.