Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Recursos Humanos. (2023061016)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de aprobación del Plan de Ordenación de Recursos Humanos adscritos al Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023

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de noviembre, de la ciencia, la tecnología y la innovación de Extremadura, en la versión
dada por el artículo 37.3 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, así como los puestos de
personal laboral, únicamente quedarán afectos al cumplimiento de las medidas contenidas
en el presente Plan en materia de estructura organizativa.
Los puestos de personal laboral, además de su afectación a las medidas previstas en materia de estructura organizativa, también les resultará de aplicación las medidas que se
contemplan en materia de selección y, en particular, en lo relativo a la convocatoria de
procedimientos de promoción cruzada.
4. V
 igencia.
El Plan de Ordenación se desarrollará de forma continua y progresiva, con una vigencia
inicial de 5 años, contados desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del
acuerdo de aprobación adoptado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
El plazo de vigencia señalado podrá sufrir modificación cuando concurran circunstancias
imprevistas que imposibilite la ejecución de las medidas dentro de los plazos inicialmente
establecidos.
Las medidas recogidas en el Plan de Ordenación serán objeto de actualización y/o modificación en aquellos casos que se produzcan variaciones en el marco normativo en que se
incardinan las mismas o en las circunstancias concurrentes al momento de su adopción.
Las modificaciones que resulten introducidas en el Plan de acuerdo con lo señalado con
anterioridad serán objeto de publicación en la página web del CICYTEX y en el Diario Oficial de Extremadura, a efectos de publicidad y transparencia, previa negociación con las
centrales sindicales legitimadas.
Sin perjuicio de lo anterior, las medidas relativas a la movilidad y, más concretamente,
las relativas a la exclusión de los puestos de trabajo adscritos al CICYTEX de los procedimientos de provisión que resulten convocados por la Consejería competente en materia de
función pública, serán de aplicación desde la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del acuerdo de aprobación del plan adoptado por el Consejo de Gobierno de la Junta
de Extremadura, en aras de garantizar la eficacia de las medidas que sean adoptadas con
posterioridad.
5. O
 bjeto.
El plan de ordenación del CICYTEX, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido