Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060958)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera. Expte.: IA22/1623.
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023

18284

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la
forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual del
Plan General Municipal de Madrigal de la Vera. Expte.: IA22/1623. (2023060958)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, en su artículo 49, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a
evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los
términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa
debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos
significativos sobre el medio ambiente.
El citado artículo 49 especifica aquellos planes y programas que serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 49 a
53 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo VIII de dicha Ley.
La Modificación Puntual del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera se encuentra encuadrada en el artículo 49, letra f), apartado 1º de la Ley de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es Órgano competente para la formulación del informe ambiental estratégico relativo a la Modificación Puntual del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera, la Dirección General de
Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 4.1 d) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
1. Objeto y descripción de la Modificación.
La Modificación Puntual del Plan General Municipal de Madrigal de la Vera tiene por objeto
la reclasificación de 18.011 m2, de Suelo No Urbanizable Común a Suelo Urbano con uso
Dotacional, pertenecientes a las parcelas catastrales 98 y 99 del polígono 2 y al vial público
al que dan frente, del término municipal de Madrigal de la Vera. Dichos terrenos se ordenarán con la clave edificatoria MZ00008, Institucional, artículo 3.3.2.11 de la normativa
urbanística del Plan General Municipal, que regula todos los usos de tipo dotacional público.
2. Consultas.
Con fecha 3 de noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Madrigal de la Vera presenta ante la
Dirección General de Sostenibilidad, la solicitud de inicio a evaluación ambiental estratégica