Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Amojonamiento. (2023050066)
Orden de 17 de marzo de 2023 por la que se aprueba el amojonamiento total administrativo del monte número 136 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cáceres, denominado "Barroco Toiriña", propiedad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y situado en el término municipal de Valverde del Fresno.
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023

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Quinto. El apeo del amojonamiento se realizó en una sólo jornada, el 20 de septiembre de
2022, comprobando que la situación de los mojones en relación con los piquetes de deslinde
es la que aparece en la propuesta de amojonamiento y que reproduce fielmente el deslinde
aprobado.
Sexto. La colocación de los mojones, de acuerdo con el Reglamento de Montes y la circular
sobre instrucciones de deslinde y amojonamiento, se ha realizado de forma que la numeración
de los hitos sea visible desde el interior del monte.
Séptimo. El 6 de octubre de 2022 se emite informe por el Ingeniero Operador en el que da
cuenta de la tramitación seguida y se inicia el trámite de audiencia y vista del expediente mediante anuncio en el DOE n.º 246, de 27 de diciembre de 2022. Además, se notifica el inicio
de este periodo a los interesados en el mismo y a los Ayuntamientos afectados.
Octavo. No se presentan reclamaciones en dicho trámite y el 24 de febrero de 2023 se certifica la falta de alegaciones.
Noveno. Con fecha 13 de marzo de 2023 el Jefe de Servicio de Ordenación y Gestión Forestal, en cumplimiento del artículo 148.1 del Reglamento de Montes, manifiesta su conformidad
con las actuaciones derivadas del procedimiento administrativo de amojonamiento del monte
y eleva el expediente a la Dirección General de Política Forestal.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS:
Primero. En la tramitación del expediente se dio cumplimiento a cuanto se previene en la
normativa vigente aplicable al amojonamiento de montes públicos, en particular a lo que
disponen los artículos 239 y siguientes de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, el artículo 21.9 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes modificada por
la Ley 21/2015, de 20 de julio, y los artículos 138 a 148 del vigente Reglamento de Montes
de 22 de febrero de 1962, normativa a la que remiten la Ley 2/2008, de 16 de junio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Decreto 70/2010, de 12 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Procedimientos en materia de Patrimonio de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se han publicado los reglamentarios anuncios en
el Diario Oficial de Extremadura, Boletín Oficial del Estado y en los tablones de edictos de los
ayuntamientos afectados, así como a los particulares que resultaran interesados y tuvieran
domicilio conocido.
Segundo. Durante la jornada de amojonamiento no se planteó alegación alguna.
Tercero. Transcurrido el periodo de audiencia y vista del expediente no se presentaron reclamaciones por parte de los colindantes.