Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2023040055)
Decreto 21/2023, de 15 de marzo, por el que se declara Proyecto Empresarial de Interés Autonómico al proyecto presentado por la empresa ENVISION AESC SPAIN, SL, para la construcción de una fábrica de baterías de iones de litio en la localidad de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 58
Viernes 24 de marzo de 2023
18026
1º) Presidencia:
— La persona titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital o persona
en la que delegue.
2º) Vocales:
— La persona titular de la Dirección General de Empresa.
— La persona titular de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio,
de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
— La persona titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
— La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad.
— La persona titular de la Secretaría General de Empleo, de la Consejería de Educación
y Empleo.
3º) Secretaría:
— La persona titular del Servicio de Régimen Jurídico y Normativa, de la Secretaría
General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Quinto. Revocación de la calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico.
La calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico sería revocada si concurriese
alguna de las circunstancias siguientes:
1. I ncumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en el decreto de calificación
del proyecto como PREMIA.
2. I ncumplimiento reiterado por el interesado de su deber de información a la Unidad de
Proyectos Empresariales de Interés Autonómico sobre el desarrollo del proyecto.
3. I nactividad del interesado por más de tres meses en cuanto a la realización de trámites
necesarios para la ejecución del proyecto.
4. O
tras causas sobrevenidas que, a juicio del Comité de Seguimiento de Inversiones, revelen la inviabilidad en el desarrollo del proyecto.
Viernes 24 de marzo de 2023
18026
1º) Presidencia:
— La persona titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital o persona
en la que delegue.
2º) Vocales:
— La persona titular de la Dirección General de Empresa.
— La persona titular de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio,
de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
— La persona titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
— La persona titular de la Dirección General de Sostenibilidad, de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad.
— La persona titular de la Secretaría General de Empleo, de la Consejería de Educación
y Empleo.
3º) Secretaría:
— La persona titular del Servicio de Régimen Jurídico y Normativa, de la Secretaría
General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Quinto. Revocación de la calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico.
La calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico sería revocada si concurriese
alguna de las circunstancias siguientes:
1. I ncumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en el decreto de calificación
del proyecto como PREMIA.
2. I ncumplimiento reiterado por el interesado de su deber de información a la Unidad de
Proyectos Empresariales de Interés Autonómico sobre el desarrollo del proyecto.
3. I nactividad del interesado por más de tres meses en cuanto a la realización de trámites
necesarios para la ejecución del proyecto.
4. O
tras causas sobrevenidas que, a juicio del Comité de Seguimiento de Inversiones, revelen la inviabilidad en el desarrollo del proyecto.