Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2023040055)
Decreto 21/2023, de 15 de marzo, por el que se declara Proyecto Empresarial de Interés Autonómico al proyecto presentado por la empresa ENVISION AESC SPAIN, SL, para la construcción de una fábrica de baterías de iones de litio en la localidad de Navalmoral de la Mata (Cáceres).
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NÚMERO 58

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Viernes 24 de marzo de 2023

de suministro eléctrico, con origen previsto en la subestación de transformación "Arañuelo" y
fin en las instalaciones de transformación eléctrica a ejecutar en la fábrica, así como la necesidad de establecimiento o ampliación de las servidumbres de paso para las mismas.
Una vez revisada la documentación presentada por la empresa solicitante y completado el
expediente, se ha procedido al análisis de la documentación obrante en citado expediente por
parte del Grupo de Trabajo constituido al efecto, dentro de la Unidad PREMIA.
El alcance de los trabajos del citado Grupo de Trabajo ha consistido principalmente en el análisis de la documentación obrante en el expediente a los efectos de determinar si el proyecto
cumple con los requisitos para poder ser declarado como Proyecto Empresarial de Interés
Autonómico, de manera que pudiese elaborarse por parte de la Unidad PREMIA el informe de
evaluación previsto en el artículo 7 del Decreto 63/2021, de 16 de junio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.5 la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, con
fecha 1 de marzo de 2023 se ha dado audiencia al Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata,
no habiendo manifestado la existencia de ningún obstáculo al respecto.
Una vez realizado el análisis por parte del Grupo de Trabajo, en sesión plenaria de la Unidad
de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico celebrada el 9 de marzo de 2023 se elaboró informe favorable para la obtención del calificativo solicitado por la citada empresa, el cual
fue elevado a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, por ser considerada como
competente en la materia objeto del proyecto, indicándose en dicho informe la identificación
de quienes deberían componer el Comité de Seguimiento de Inversiones. La persona titular
de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital formuló propuesta al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura con fecha 15 de marzo de 2023.
III
En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo la 35 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se expone
a continuación sucinta referencia de los fundamentos que sustenta el presente decreto.
I. Se considera que el proyecto de inversión puede ser calificado como PREMIA, en la medida
en que no se encuentra en ninguno de los supuestos excluidos, señalados en el apartado 1
del artículo 2 de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre.
II. Se considera que el proyecto es acorde a lo contemplado en el apartado 3 del artículo 2
de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, en el cual se establece, cuando se trate de proyectos de creación de nuevas empresas, que se deberá cumplir alguno de los siguientes
requisitos: