Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060978)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de una concesión de aguas subterráneas para ampliar la superficie de riego en 10,5432 ha, sumando un total de 24,8582 ha", cuyo promotor es D. Francisco Alegre Hernández, en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA20/0319.
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

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En lo referente a espacios protegidos, la actividad se desarrolla dentro de la Zona sensible
de las Áreas de Captación del “Embalse Torrejón-Tiétar – ESCM550”, dentro de la Zona
Influencia Vida Piscícola “Río Tiétar – ZPECPECES_0006” y en las zonas de influencia de
las zonas protegidas por abastecimiento “ZCCM0000000498” recogidas oficialmente en el
PHT 2015-2021.
El promotor cuenta con una concesión de aguas para las parcelas 25 y 31 del polígono
6 del municipio de Navalmoral de la Mata, con referencia de expediente C-0051/2014
(356749/19). El presente proyecto en estudio se encuentra en trámite en la Confederación Hidrográfica del Tajo para la modificación de las características de una concesión de
aguas, con expediente de referencia M-0009/2019, con la ampliación de la superficie de
riego a dos nuevas parcelas y la legalización de un nuevo sondeo. Dado que, durante la
tramitación necesaria para la concesión, el proyecto será sometido a la valoración de los
técnicos de la Confederación Hidrográfica del Tajo encargados de la gestión del dominio
público hidráulico, se entiende que ajustándose a los requerimientos que surjan durante
la tramitación (y que será reflejados en el condicionado de dicha concesión) y a los que
queden recogidas en el Informe del órgano ambiental, dicho proyecto puede ser informado favorablemente. Señalando el organismo de cuenca que además de las condiciones
de obligado cumplimiento que quedarán recogidas en el condicionado de la concesión, se
deberán tener en cuenta una serie de indicaciones que se recogen en el presente informe.
La Oficina de Planificación Hidrológica del órgano de cuenca, al amparo del Real Decreto
1/2016, de 8 de enero, aprobó la revisión del Plan Hidrológico de la parte española de la
Demarcación Hidrográfica del Tajo, que incluye en su anexo V las disposiciones normativas
del Plan, formula las siguientes consideraciones:
— El expediente tiene por objeto la modificación de las características de la concesión otorgada el 15/03/18 (exp. 356749/14) en cuanto a la ampliación de la superficie de riego,
aumento del volumen concesional e incorporación de un nuevo sondeo.
— Según el artículo 26 de la Normativa del Plan vigente, las dotaciones de agua máximas
admisibles para riego de iniciativa privada serán las que figuran en los apéndices 9.4
(dotaciones brutas máximas por Sistema de explotación) y 9.5 (dotaciones netas máximas por tipos de cultivo), debiéndose cumplir ambos máximos simultáneamente.
— Las dotaciones de agua solicitada para regadío de tabaco y hortícolas quedan dentro de
os límites establecidos para dichos cultivos en la normativa del vigente Plan de cuenca
en el Sistema de Explotación Tiétar (artículo 25, apéndice 9.5).
— La dotación de agua solicitada para regadío del semillero resulta coherente con la habitualmente manejada en la bibliografía especializada y queda dentro de los límites