Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060978)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Modificación de características de una concesión de aguas subterráneas para ampliar la superficie de riego en 10,5432 ha, sumando un total de 24,8582 ha", cuyo promotor es D. Francisco Alegre Hernández, en el término municipal de Navalmoral de la Mata. Expte.: IA20/0319.
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NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

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Se tiene previsto extraer el agua necesaria para el funcionamiento del sistema de riego
a través de dos captaciones de aguas subterráneas ubicadas en la zona de actuación y
suficientemente alejadas de la zona de policía de los arroyos existentes. Según el documento ambiental aportado, el requerimiento hídrico anual de la plantación proyectada
se estima en 114.264,72 m3/año, que coincide con lo solicitado al órgano de cuenca. La
Oficina de Planificación Hidrológica del citado organismo informa de que la modificación
de la concesión solicitada puede ser compatible con el Plan Hidrológico de la cuenca del
Tajo, a reserva de las consideraciones formuladas por dicho organismo y que se adicionan
al presente informe. Señala esta OPH que los consumos planteados para el cultivo de tabaco, el semillero y el huerto familiar quedan dentro de los límites establecidos para los
mismos en la normativa del vigente Plan de Cuenca en el Sistema de Explotación Tiétar. El
aprovechamiento no está afectado por restricciones de uso o reservas de recursos de las
establecidas en el Plan de cuenca vigente. Así como que no consta la existencia de otras
captaciones en el entorno del aprovechamiento de aguas subterráneas solicitado. En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación
del exp. M-009/2019.

Ubicación de los sondeos respecto al arroyo Palancoso (fuente: informe de la OPH de la
Confederación Hidrográfica del Tajo).

Teniendo en cuenta todo lo indicado y con la aplicación de las correspondientes medidas
indicadas en el documento ambiental aportado, la documentación complementaria y en
el presente informe, los impactos ambientales que pudieran generarse sobre el sistema
hidrológico y la calidad de las aguas no serían significativos.