Consejería De Educación Y Empleo. Cuerpos Docentes. (2023050065)
Orden de 17 de marzo de 2023 por la que se convoca el procedimiento de selección y nombramiento de directores y directoras de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
35 páginas totales
Página
NÚMERO 57
Jueves 23 de marzo de 2023

17705

Si durante el periodo de mandato del director o directora queda vacante el cargo de jefe
de estudios o de secretario, el director o directora formulará la correspondiente propuesta
a la Delegación Provincial de Educación a los efectos de nombramiento.
3. Asimismo, la Delegación Provincial de Educación, a propuesta del director o directora mediante escrito razonado y previa comunicación al Claustro y al Consejo Escolar del centro,
podrá cesar a cualquiera de los miembros del equipo directivo designado por el director o
directora.
Artículo 12. Calendario del proceso.
El proceso de selección y nombramiento de directores y directoras se ajustará al calendario
establecido en el anexo VI.
Disposición final primera. Homogeneización de actuaciones.
Con la finalidad de homogeneizar las actuaciones para la constitución y funcionamiento de las
Comisiones de Selección se incluyen los siguientes anexos:
— Anexo VII: Modelo solicitud de representantes en la Comisión de Selección.
— Anexo VIII: Modelo de convocatoria de reunión de la Comisión de Selección.
— Anexo IX: Modelo de acta de constitución de la Comisión de Selección.
— Anexo X: Modelo de acta de valoración del proyecto y de los méritos de las personas
candidatas a director/a de centros públicos.
Disposición final segunda. Medidas de ejecución.
Se autoriza a la Secretaría General de Educación y a la Dirección General de Personal Docente, en el ámbito de sus respectivas competencias, para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la ejecución de esta orden.
Disposición final tercera. Medidas de difusión.
Las Delegaciones Provinciales de Educación, en sus respectivos ámbitos geográficos, arbitrarán las actuaciones necesarias para garantizar la adecuada difusión y conocimiento por las
personas interesadas de la presente orden.
Disposición final cuarta. Recursos.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la titular de la Consejería de Educación y Empleo, en